Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 7300122130002016-00395-01 de 17 de Agosto de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 691931053

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 7300122130002016-00395-01 de 17 de Agosto de 2016

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil - Familia de Ibagué
Fecha17 Agosto 2016
Número de sentenciaSTC11125-2016
Número de expedienteT 7300122130002016-00395-01
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil





CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL


ÁLVARO F.G.R.

Magistrado ponente


STC11125-2016

R.icación n.° 73001-22-13-000-2016-00395-01

(Aprobado en sesión de diez de agosto de dos mil dieciséis)



Bogotá, D.C., diecisiete (17) de agosto de dos mil dieciséis (2016).-


Decide la Corte la impugnación formulada frente al fallo de 7 de julio de 2016, proferido por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, dentro de la acción de amparo promovida por José Antonio Guarnizo contra los Juzgados Segundo Civil del Circuito de El Guamo y Promiscuo Municipal de Ortega y la Inspección de Policía de esta última localidad, trámite al que fueron vinculadas las partes y los intervinientes de la ejecución a la que alude el escrito de tutela.

ANTECEDENTES


1. El promotor del amparo reclama la protección constitucional de los derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad, a la vivienda digna y al mínimo vital presuntamente conculcados por las autoridades accionadas, con ocasión de las diligencias de secuestro y de entrega dispuestas dentro del juicio ejecutivo mixto promovido por M.R.S. contra R.G. de C. y los herederos del causante G.C.C..


Solicita, entonces, que se ordene a los Despachos atacados «revocar todas las actuaciones procesales surtidas» y que «se revise de fondo las actuaciones realizadas (…) teniendo en cuenta que [su] predio fue incluido en la entrega material de la finca El Rosario» (fl. 7 cdno. 1).


2. En apoyo de tales pretensiones, aduce en síntesis que dentro del trámite referido en líneas anteriores el Juzgado Segundo Civil del Circuito de El Guamo, luego de haber decretado el embargo, ordenó el secuestro del predio de nombre ‘El Rosario’, situado en el Municipio de Ortega (Tolima), diligencia que se adelantó el 9 de noviembre de 2007, la cual, afirma, también recayó sobre «más de la mitad» del inmueble denominado ‘Finca La Manga’, respecto del que «hace más de 50 años tiene derechos en virtud de las mejoras realizadas por [él]» .


Relata que el 6 de abril pasado el Juzgado Promiscuo Municipal accionado adelantó la entrega del fundo objeto de la ejecución mixta mencionada, sin tener en cuenta que esa diligencia también recayó sobre una porción del inmueble ‘Finca La Manga’, desconociéndose de esta manera que «ejercía en forma pacífica e ininterrumpida [la] tenencia» respecto del mismo, dada las mejoras que allí edificó y obviando que dicho predio es baldío, motivos por los que estima vulneradas las garantías invocadas (fls. 1 a 9 ibídem).



RESPUESTA DE LOS ACCIONADOS Y VINCULADOS



a). El Juzgado Segundo Civil del Circuito de El Guamo se opuso a la prosperidad del amparo para lo cual adujo que el actor no se opuso a la diligencia de secuestro, a fin de exponer los hechos que sustentan aquí su reclamo (fls. 55 y 56, ibídem).


b) A su turno, el Juez Primero Promiscuo Municipal de Ortega limitó su intervención a manifestar que la diligencia de...

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