Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 87064 de 11 de Agosto de 2016
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Bogotá |
Número de expediente | T 87064 |
Número de sentencia | STP11400-2016 |
Fecha | 11 Agosto 2016 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº 1
STP11400-2016
Radicación n° 87064
Acta No. 248
Bogotá, D.C., once (11) de agosto de dos mil dieciséis (2016)
ASUNTO
Resolver la impugnación presentada por P.C.V., respecto del fallo proferido el 5 de julio del año en curso por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, a través del cual negó por improcedente la acción de tutela interpuesta contra los Juzgados Once de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad y Sexto Penal del Circuito Especializado de Bogotá, por la presunta violación de los derechos fundamentales al debido proceso y libertad.
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LA DEMANDA
Los hechos expuestos para fundamentar la petición de amparo los consignó el a quo en los siguientes términos:
“Paulino Contreras Vallejo, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.139.633, actualmente privado de su libertad en el Centro Penitenciario “La Picota”, refiere que se encuentra preso desde el 7 de septiembre de 2009, fruto de haber sido condenado a la pena principal de 146 meses y 14 días de prisión, luego de allanarse a cargos.
Afirma que lleva un tiempo físico en prisión de 6 años y 9 meses, más el tiempo reconocido por estudio, trabajo y enseñanza suman un total de 8 años, 5 meses y 21 días descontados de la pena impuesta, por lo que considera satisfecho el factor objetivo para acceder a la libertad condicional.
Indica que también está cumplido el factor subjetivo para hacerse a ese subrogado, por cuanto está acreditado el arraigo familiar mediante certificaciones, existe concepto favorable del INPEC, tiene 3 hijos menores a su cargo y pidió perdón público ya que no cuenta con recursos para pagar la multa impuesta; no obstante, el Juzgado 11 de ejecución de penas le negó la libertad condicional por la gravedad de la conducta punible cometida, decisión que fue confirmada por el Juzgado 6º Penal del Circuito Especializado, lo cual considera atentatorio de sus derechos fundamentales, pues afirma cumplir todos los requisitos para acceder al mencionado beneficio.
Finalmente, señala que las providencias cuestionadas adolecen de los defectos material o sustantivo, desconocimiento del precedente y violación directa de la constitución. Por lo tanto, solicita se conceda la libertad condicional y se tenga en cuenta su insolvencia económica en lo atinente al...
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