Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 48013 de 31 de Agosto de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 691970305

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 48013 de 31 de Agosto de 2016

Sentido del falloRECHAZA POR IMPROCEDENTE
EmisorSala de Casación Penal
Número de expediente48013
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Pereira
Número de sentenciaAP5850-2016
Fecha31 Agosto 2016
Tipo de procesoCASACIÓN
MateriaDerecho Penal
3CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

República de Colombia



Corte Suprema de Justicia




CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL




EYDER PATIÑO CABRERA

Magistrado Ponente



AP5850-2016

Radicación Nº 48013

(Aprobado acta N° 274)


Bogotá, D.C., treinta y uno (31) de agosto de dos mil dieciséis (2016)




MOTIVO DE LA DECISIÓN


La Corte resolverá lo que en derecho corresponde, en relación con la “apelación” interpuesta por la defensa de Nelson Santa Marín, en contra de la decisión del Tribunal Superior de Distrito Judicial de P. de 10 de marzo de 2016, mediante la que revocó la absolución proferida por el Juzgado Penal del Circuito de Santa Rosa de Cabal el 11 de julio de 2012, por el punible de Fabricación, Tráfico, P. o Tenencia de armas de fuego, partes o municiones.

CUESTIÓN FÁCTICA

En el escrito de acusación los hechos fueron plasmados así1:

«El 23 de septiembre del año en curso, la Policía Nacional, a las 22:48 horas aproximadamente recibe Información por la central de radio de la policía, que en el establecimiento de razón social El Nogal, ubicado en la Clle (sic) 15 con C.. 14 esquina, un sujeto, de quien dan sus características físicas y formas de vestir, tiene un arma de fuego con la que se encuentra realizando disparos. Al llegar la Policía uniformada observan aun sujeto, con las particularidades dadas. salía (sic) de forma apresurada del sitio, de inmediato lo abordan y le practican una requisa, estando en esta actividad, son abordados por el administrador y dueño del establecimiento, Sr. T.P., quien señala al sujeto que se esta (sic) requisando, como quien minutos antes había realizado un disparo dentro del establecimiento y había arrojado el arma a un lado del mostrador, enseñándoles el lugar, donde efectivamente hallaron una arma de fuego, solicitando a N.S.M., el permiso para el porte de la misma, a lo que manifestó que no tenía, motivo por el cual es capturado.


El arma de fuego es sometida a análisis resultando ser un revolver (sic) marca Colts calibre 32L,., (sic) el cual resulto ser APTA (sic) para producir disparos, los CINCO cartuchos calibre 32L, se encontraron en buen estado de conservación y aptos para ser percutidos. Una vainilla pertenece al calibre 32 Largo percutida por tipo de armas de fuego tipo revolver (sic) o no convencional.


Se formula imputación por la conducta de FABRICACION, TRAFICO, PORTE DE ARMAS DE FUEGO Y MUNICIONES, consagrada en el Art. 365 del Código Penal, modificada por el Art. 19 de la ley 1453 de 2011, verbo rector PORTAR, cuya pena oscila entre 9 y 12 años de prisión.»


ACTUACIÓN PROCESAL


Presentado el escrito de acusación, correspondió al Juzgado Penal del Circuito de Santa Rosa de Cabal, que asumió el conocimiento de la actuación.


La audiencia de formulación de acusación se surtió el día 17 de febrero de 2012, la preparatoria el 12 de marzo siguiente y se dio inicio al juicio oral el 23 de mayo posterior; continuó el 26 de junio del mismo año y culminó con sentido de fallo absolutorio, la sentencia se leyó el 11 de julio de 2012.


Interpuesto el recurso de apelación por la Fiscalía, el Tribunal Superior de P. se pronunció el 10 de marzo de 2016, revocó la decisión absolutoria y condenó al acusado Nelson Santa Marín a la pena de 9 años de prisión al hallarlo culpable del punible descrito en el artículo 365 del Código Penal, negó los subrogados penales y aplazó la expedición de la orden de captura a la ejecutoria de esa providencia. Finalmente adujo que contra la misma procede el recurso de apelación, conforme con la Sentencia C792 de 2014.


CONSIDERACIONES


Desde ya la Sala anuncia que rechazará por improcedente el recurso de «apelación» o «impugnación especial» interpuesto por la defensa del acusado Nelson Santa Marín, en contra de la sentencia condenatoria que le irrogara el Tribunal Superior de P. en segunda instancia del 10 de marzo de 2016, mediante la que revocó la absolución del 11 de julio de 2012...

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