Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 48366 de 14 de Septiembre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 691976001

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 48366 de 14 de Septiembre de 2016

Sentido del falloNIEGA PRUEBAS
Tribunal de OrigenEstados Unidos de América
Número de expediente48366
Número de sentenciaAP6202-2016
Fecha14 Septiembre 2016
Tipo de procesoEXTRADICIÓN
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

República de Colombia





Corte Suprema de Justicia




CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL


LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO

Magistrado


AP6202-2016

Radicación n° 48366

Acta No. 293


Bogotá D.C., catorce (14) de septiembre de dos mil dieciséis (2016).


ASUNTO


Se pronuncia la Sala acerca de la solicitud probatoria del defensor público de J.L.G.R., ciudadano colombiano requerido en extradición por el Gobierno de los Estados Unidos.


ANTECEDENTES


1. Mediante Nota Verbal 1559 de agosto 27 de 2015, el Gobierno de los Estados Unidos solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano JOSÉ LUIS GÓMEZ RAMÍREZ, para comparecer a juicio por delitos de agresión sexual.


2. En resolución de diciembre 15 de ese año, el Fiscal General de la Nación decretó la captura de GÓMEZ RAMÍREZ con dicho propósito, decisión materializada el 22 de abril de 2016 en las instalaciones de la Seccional de Investigación Criminal de Armenia.


3. Con Nota Verbal 1003 de junio 17 de 2016, la Embajada de los Estados Unidos formalizó la solicitud de extradición allegando la documentación exigida, traducida y legalizada, según lo dispuesto por el Código de Procedimiento Penal Colombiano.


4. Con oficio DIAJI No. 1363 de esa fecha, el Ministerio de Relaciones Exteriores conceptuó que “por no existir tratado aplicable al caso en mención, es procedente obrar de conformidad con el ordenamiento procesal penal colombiano”, motivo por el cual el Ministerio de Justicia y del Derecho lo remitió a esta Corte.


5. El 19 de julio de 2016, se dispuso correr traslado a las partes para la solicitud de pruebas, según lo previsto en el artículo 500 de la Ley 906 de 2004.


LAS SOLICITUDES PROBATORIAS


El defensor público del requerido en extradición solicita requerir a la Oficina de Asuntos Internacionales de la Fiscalía General de la Nación, para que informe si contra GÓMEZ RAMÍREZ en Colombia se adelantan procesos por hechos relacionados con el narcotráfico u otros delitos por los cuales esté purgando condena o siendo procesado.


CONSIDERACIONES


1. De acuerdo con el artículo 500 y siguientes de la Ley 906 de 2004, la conducencia, pertinencia, necesidad y utilidad de las pruebas solicitadas en el trámite de la extradición, guardan estrecha relación con los aspectos que la Corte Suprema de Justicia debe tener en cuenta al momento de la emisión del concepto.

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