Auto de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 11001-31-03-025-2002-01092-01 de 3 de Octubre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 691992517

Auto de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 11001-31-03-025-2002-01092-01 de 3 de Octubre de 2016

Sentido del falloCORRE TRASLADO
Número de sentenciaAC6687-2016
Fecha03 Octubre 2016
Número de expediente11001-31-03-025-2002-01092-01
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL
Tipo de procesoRECURSO DE CASACIÓN
MateriaDerecho Civil
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL

AC6687-2016

Radicación n.° 11001-31-03-025-2002-01092-01

B.D.C., tres (03) de octubre de dos mil dieciséis (2016).

Vistos los informes de secretaria sobre lo acontecido en este trámite, posterior a la sentencia de casación que decretó pruebas de oficio, se considera que como las partes no prestaron ninguna colaboración, tendiente al desarrollo de la inspección judicial y el dictamen pericial, de acuerdo con lo previsto en los artículo 186, inciso segundo, del Código de Procedimiento Civil, es necesario prescindir de tales diligencias.

A lo anterior se agrega que con las otras pruebas allegadas hay factores de persuasión suficientes para proferir la sentencia sustitutiva.

Se pondrán en conocimiento de las partes los documentos allegados por las autoridades distritales.

Por consiguiente, la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, resuelve:

Primero: Prescindir de las pruebas de inspección judicial y pericial que estaban por practicar.

Segundo: La documentación e informaciones que se allegan por la Secretaría Distrital de Planeación, la Unidad de Catastro Distrital y el Departamento de Defensoría del Espacio Público, a que se refieren los anteriores informes de la Secretaría de la Corte, agréguense al expediente como pruebas, y de esos elementos de juicio se da traslado a las partes por el término de tres (3) días.

N..

AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO

Magistrado Ponente

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