Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 88674 de 27 de Octubre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 692005853

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 88674 de 27 de Octubre de 2016

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Bogotá
Fecha27 Octubre 2016
Número de sentenciaSTP15441-2016
Número de expedienteT 88674
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA



CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº 1



GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ

Magistrado Ponente


STP15441-2016

Radicación n° 88674

Aprobado Acta No. 339.


Bogotá, D.C., veintisiete (27) de octubre de dos mil dieciséis (2016).


VISTOS


Decide la Sala la impugnación interpuesta por el accionante EDUARD OSWALDO RODRÍGUEZ ABELLO, en relación con el fallo de tutela proferido el 3 de octubre de 2016 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá, mediante el cual negó la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso y defensa, presuntamente vulnerados por la Fiscalía General de la Nación y el Juzgado 22 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de la capital de la República.

ANTECEDENTES


  1. HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN


Los sucesos que motivaron la solicitud de amparo constitucional fueron reseñados por el a quo de la forma como sigue:


Refirió el accionante que en el año 2010, dio inicio a una relación de tipo sentimental con la señora C.A.O.B., que con motivo de la misma empezaron a convivir en la casa de su señora madre, y que tras tener varios inconvenientes con su pareja, en el año 2014, dio por terminado dicho noviazgo, pero que no obstante ello, la referida ciudadana y su hijo permanecieron viviendo en la casa de su progenitora.



Añadió que por hechos ocurridos entre la noche del 28 de febrero del año 2015, y la madrugada del 1º de marzo de la misma anualidad, en los que se vio inmerso en una discusión con su excompañera, fue capturado en la esquina de su casa por agentes de la Policía Nacional, y más tarde le fue imputado el delito de violencia intrafamiliar agravada, desconociéndose por parte de las autoridades judiciales que él para esa fecha no ostentaba la calidad de familiar de la presunta víctima (sic).



De acuerdo con lo anterior, considera que las entidades demandadas han desconocido sus derechos fundamentales al imputarle el cargo de violencia intrafamiliar agravada, como quiera que, no guarda ninguna relación con la mencionada ciudadana.


Además, alega que el procedimiento adelantado en su contra ha sido irregular, puesto que, de un lado, el ente acusador en ningún momento ha tenido a bien recibir su versión de los hechos, y de otro, personas que presenciaron todo lo ocurrido, como lo son el señor J.D.L. y la señora K.S.M..


De acuerdo con lo...

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