Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 69601 de 9 de Noviembre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 692014265

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 69601 de 9 de Noviembre de 2016

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Santa Marta
Número de expedienteT 69601
Número de sentenciaSTL16700-2016
Fecha09 Noviembre 2016
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA





CLARA C.D.Q.

Magistrada ponente


STL16700-2016

Radicación 69601

Acta n° 42


Bogotá, D. C., nueve (9) de noviembre de dos mil dieciséis (2016).


La Sala resuelve la impugnación interpuesta por CINDY CAROLINA SANTIAGO MATTOS contra la sentencia proferida por la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA MARTA, dentro de la acción de tutela que instauró contra LA NACIÓN – MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, la UNIDAD ADMINISTRATIVA DEL SISTEMA DE PARQUES NACIONALES NATURALES DE COLOMBIA y la POLICÍA METROPOLITANA DE SANTA MARTA.


  1. ANTECEDENTES


CINDY CAROLINA SANTIAGO MATTOS, instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales a la VIDA, MÍNIMO VITAL, DEBIDO PROCESO y TRABAJO, presuntamente vulnerados por las accionadas.


Informó que es madre cabeza de familia y que para su sustento trabaja con los «frutos del mar», actividad que ha desarrollado «por décadas en la bahía de Neguanje jurisdicción del Parque Tayrona».


Relata que es hija de R.I.M. y de Eduardo Jesús Santiago Espeleta, quien fue «asesinado el día 19 de agosto de 1989 por realizar esta actividad de pescar y por negarse a [abandonar] la región, que por generación (sic) habían ocupado sus ancestros». Agregó que en compañía de su señora madre, continuaron con la pesca artesanal, a través de una «embarcación de pequeño cabotaje» que adquirió para la atención de los visitantes en el restaurante Rufimar.


Informó que el 30 de junio de 2016, la Unidad Administrativa del Sistema de Parques Nacionales Naturales, en compañía de la Policía Nacional le decomisó la lancha de nombre «La Cacha» en la bahía de Nenguaje de Santa Marta.


Acude entonces al presente mecanismo de amparo constitucional, para que se protejan sus derechos fundamentales y, para su efectividad, solicita se ordene a las autoridades accionadas la devolución de la embarcación de pesca, así como la «entrega de las pruebas de la documentación que dio origen al decomiso de la lancha de pesca el día 2 de julio (sic) de 2016, en la playa de Neguanje».


I.TRÁMITE Y DECISIÓN DE INSTANCIA


Mediante proveído de 11 de julio de 2016, el a quo admitió la presente acción de tutela y ordenó notificar a los entes accionados, con el fin de que ejercieran los derechos de defensa y contradicción.


Dentro del término concedido para el traslado, el Comandante de Policía Metropolitano de S.M. indicó que el procedimiento de incautación fue realizado por...

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