Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 4700122130002016-00230-01 de 15 de Diciembre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 692016465

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 4700122130002016-00230-01 de 15 de Diciembre de 2016

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil - Familia de Santa Marta
Fecha15 Diciembre 2016
Número de sentenciaSTC18368-2016
Número de expedienteT 4700122130002016-00230-01
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil


ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO

Magistrado Ponente


STC18368-2016 Radicación n° 47001-22-13-000-2016-00230-01 (Aprobado en sesión de catorce de diciembre de dos mil dieciséis)


Bogotá, D.C., quince (15) de diciembre de dos mil dieciséis (2016).-


Decide la Corte la impugnación formulada frente al fallo de 21 de octubre de 2016, proferido por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, dentro de la acción de amparo promovida por Candelaria Ruiz de Bayona y Nadel B.P., contra los Ministerios del Interior, de Relaciones Exteriores y de Defensa, la Policía Nacional, la Fiscalía General de la Nación y la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, a la que fue vinculada Interpol Colombia.


ANTECEDENTES


1. Los accionantes representados por mandatario judicial, reclaman la protección constitucional de los derechos fundamentales al hábeas data, al buen nombre, a la honra, al debido proceso y «a presentar peticiones respetuosas», presuntamente vulnerados por las entidades accionadas, al emitir en su contra, dicen, una «alerta internacional».


En consecuencia, solicitan, concretamente, que se ordene a las autoridades convocadas, que «oficie[n] a todas las embajadas radicadas en el país, así mismo a la Oficina de Migración Colombia para que eliminen la alerta internacional [que sobre ellos pesa]» (fl. 14, cdno. 1).


2. En apoyo de tal pretensión, y en cuanto interesa para la resolución del presente asunto, aducen en compendio, que en el año 2014, cuando intentaron obtener la visa de turismo para viajar a los Estados Unidos, ésta les fue negada, según creen, por la alerta que en su contra aparece registrada en la base de datos de la Interpol, situación que deducen de lo ocurrido el 6 de marzo de los corrientes, cuando en el Aeropuerto de Cancún -México, «fueron abordados por agentes federales adscritos al Instituto Nacional de Migración (…) [y] detenidos por varias horas», al parecer, por tal registro negativo, lo cual les causó extrañeza, pues el señor B.P. «solamente [ha] (…) tenido en toda su vida un inconveniente como consecuencia de una huelga (…) en su época de estudiante (…) en la Universidad Industrial de Santander en el año1972, por lo que estuvo por espacio de ocho (8) meses en las instalaciones de la Quinta Brigada de la ciudad de Bucaramanga, sin que [en con suya se hubiere] (…) producido sentencia condenatoria, es más, nunca tuvo antecedentes penales, ni antes ni después de la detención, su vida ha sido pulcra, [y no] ha sido judicializado jamás», al igual que la señora R.S..


Sostienen que por lo anterior, elevaron sin éxito una petición ante «la Presidencia de la República, Director de Migración Colombia y el Ministerio de Defensa Nacional con fecha 25 de abril de 2016», a través de la cual requirieron que «se ordenara a quien correspondiera realizar las respectivas correcciones o desanotaciones de las medidas que sin justa causa han expedido en [su] contra», y que de tal situación se informara a las autoridades pertinentes; no obstante, mediante oficio No. 20168880004131 del 23 de junio de la anualidad que avanza, se les informó que ninguna anotación negativa obra registrada ni en la Interpol, ni en ninguna de las bases de datos colombianas, «con los nombres y números de identidad aportados en su solicitud».


Finalmente aducen, que tal respuesta no es satisfactoria, pues si ningún reporte obra registrado, no se explican el por qué fueron detenidos sin justificación alguna, en su reciente viaje a México, razón por la que...

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