Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 92942 de 19 de Julio de 2017
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Cartagena |
Número de expediente | T 92942 |
Número de sentencia | STP10521-2017 |
Fecha | 19 Julio 2017 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2
LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA
Magistrado ponente
STP10521-2017
Radicación 92942
(Aprobado Acta No. 231)
Bogotá D.C., diecinueve (19) de julio de dos mil diecisiete (2017).
VISTOS:
Resuelve la Sala la impugnación presentada por la apoderada especial de JOSÉ DEL CRISTO SANES FERNÁNDEZ, contra la sentencia de tutela proferida el 18 de mayo de 2017 por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Cartagena, que negó el amparo de sus derechos fundamentales presuntamente vulnerados por la Fiscalía 17 Seccional de la Unidad de Delitos Contra la Administración de Justicia de la misma ciudad.
FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:
Contra el accionante se sigue una actuación penal bajo el trámite de la Ley 600 de 2000, por fraude procesal, cuyo conocimiento fue asignado a la Fiscalía 17 Seccional de la Unidad de Delitos Contra la Administración de Justicia de Cartagena.
Mediante oficio DS-22-21-SSFSC-FS17-2050 del 24 de abril de 2017, dicha autoridad solicitó ante el Inspector de Policía de la Comuna 11-Localidad Industrial y de la Bahía, la prejudicialidad para que se suspenda la ejecución de la Resolución 9020 del 28 de diciembre de 2015, dentro del proceso policivo de amparo a la posesión presentado por JOSÉ DEL CRISTO SANES FERNÁNDEZ.
El 26 de abril de 2017, la inspección de policía decretó la prejudicialidad solicitada y notificó de ello a las partes.
A juicio del accionante, la determinación adoptada por el ente acusador vulnera sus derechos fundamentales por incurrir en una vía de hecho, pues a través de un oficio dispuso la suspensión de la ejecución del acto administrativo 9020, mediante el cual se amparó el derecho de posesión en relación al inmueble con referencia catastral 011005150464094, sin emitir resolución que motive dicha situación, razón por la cual no pudo hacer uso de ningún recurso judicial.
Por lo anterior, acudió ante la jurisdicción constitucional y solicitó dejar sin efectos la determinación censurada.
TRÁMITE DE LA PRIMERA INSTANCIA:
Por auto del 5 de mayo de 2017, el Tribunal admitió la tutela y corrió el traslado correspondiente a las autoridades demandadas.
Al trámite fueron vinculados la Inspección de Policía de la Comuna 11 de la Localidad Industrial y de la Bahía, la Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana - Alcaldía Distrital de Cartagena, así como los denunciantes en el proceso penal referido en la...
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