Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 73959 de 25 de Julio de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 692023109

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 73959 de 25 de Julio de 2017

Sentido del falloCONFIRMA CONCEDE TUTELA
Tribunal de OrigenTRIBUNAL SUPERIOR SALA LABORAL DE POPAYÁN
Fecha25 Julio 2017
Número de sentenciaSTL11301-2017
Número de expedienteT 73959
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social


JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ

Magistrado ponente


STL11301-2017

Radicación n.° 73959

Acta extraordinaria 77


Bogotá, D. C., veinticinco (25) de julio de dos mil diecisiete (2017).


La Sala resuelve la impugnación interpuesta por el MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - POLICÍA NACIONAL – DIRECCIÓN DE SANIDAD – ÁREA SANIDAD POLICÍA CAUCA contra la providencia proferida por la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE POPAYÁN el 5 de junio de 2017, dentro de la acción de tutela que instauró YOLIMA PATRICIA JALLER contra la parte recurrente.


  1. ANTECEDENTES


La accionante instauró la presente queja constitucional y a través de ella solicitó la protección de los derechos fundamentales a la salud, a la vida, a la integridad personal y a la dignidad humana, los cuales consideran vulnerados por la autoridad cuestionada.


Para el efecto, manifestó que se encuentra adscrita como beneficiaria al servicio en salud de Sanidad de la Policía del Cauca; que en octubre de 2007 le fue diagnosticada la enfermedad de «nefrocalcinosis crónica y litiasis renal en ambos riñones», así mismo que sufre de hipertensión crónica, de la glándula tiroides y del corazón.


Expuso que su médico tratante, quien es especialista en medicina interna y nefrología, el 5 de agosto de 2016, ordenó su remisión a varios especialistas, así como la práctica de varios exámenes médicos; sin embargo, y pese a que en el área de referencia y contrareferencia de Sanidad de la Policía del Cauca, le han expedido en repetidas ocasiones las autorizaciones de servicio externo para la asignación de citas médicas para cardiología, otorrinolaringología, crujía vascular, nefrología, reumatología, algesiología, urología nutrición, dermatología, examen de ultrasonografía – diagnóstico de tiroides con trasductor de 7 MHZ o más, examen de radiografía de senos paranasales, ecografía de tiroides, glucosa de suero LCR y otros fluidos, examen para vías urinarias, riñones, vejiga y próstata transabdominal y examen de gammagrafía ósea corporal total o segmentaria; lo cierto es que al dirigirse a los centros médicos y hospitales, no le han prestado la atención en salud dada la inexistencia de contrato vigente con la red externa, lo que en su criterio vulnera sus derechos fundamentales invocados, máxime que advirtió que sus estado de salud se está deteriorando.


Por lo anterior, solicitó el amparo de sus derechos fundamentales invocados y como...

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