Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 92948 de 25 de Julio de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 692024713

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 92948 de 25 de Julio de 2017

Sentido del falloCONFIRMA CONCEDE TUTELA
Número de sentenciaSTP11133-2017
Fecha25 Julio 2017
Número de expedienteT 92948
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Bogotá
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal



CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº 1



LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO

Magistrado Ponente


STP11133-2017

Radicación n° 92948

Acta 236


Bogotá, D.C., veinticinco (25) de julio de dos mil diecisiete (2017).


ASUNTO


Decidir la impugnación presentada por J.A.P.L., respecto del fallo proferido el 15 de junio del año en curso por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, a través del cual tuteló los derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia a favor del citado, dentro de la acción de tutela promovida en contra de la Fiscalía General de la Nación, el Consejo Superior de la Judicatura, el Juez Coordinador del Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio, el Jefe de la Unidad Primera de Delitos contra la Fe Pública, el Patrimonio Económico y el Orden Económico de la Fiscalía, las Fiscalías 104 y 105 Seccionales y el Director Nacional de Fiscalías.


1. LA DEMANDA


Los hechos que soportan la petición de amparo los compendió en el Tribunal en los siguientes términos:


2.1. El 5 de marzo de 2012 J.A.P.L. presentó una denuncia penal que correspondió por reparto a la Fiscalía 105 Seccional de la Unidad Primera de Delitos contra la Fe Pública, el Patrimonio Económico y el Orden Económico bajo el número de radicación 110016000049201202685.


2.2. Posteriormente, el conocimiento de la causa le correspondió a la Fiscalía 184 Seccional de la Unidad Primera de Delitos contra la Fe Pública, el Patrimonio Económico y el Orden Económico. Dicha autoridad resolvió motivadamente archivar las diligencias el 18 de agosto de 2016, en cumplimiento de orden de tutela de este tribunal.


2.3. Frente a esa determinación, el accionante luego de requerir por escrito el desarchivo de las diligencias a la Fiscal 184, solicitó en varias ocasiones al Juez Coordinador del Sistema Penal Acusatorio que se programara una audiencia preliminar de desarchivo de la investigación, motivo por el cual se designó sucesivamente a varios Juzgados Penales Municipales con Función de Control de Garantías para que se celebrara la respectiva audiencia. Sin embargo, tal diligencia no se ha podido realizar hasta el momento, principalmente por la inasistencia de las partes o intervinientes.


2.4. Por todo lo anterior, el demandante solicita que se protejan sus derechos fundamentales al debido proceso y defensa; y en consecuencia se ordene a las...

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