Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 74269 de 9 de Agosto de 2017
Sentido del fallo | CONFIRMA CONCEDE TUTELA |
Tribunal de Origen | CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Fecha | 09 Agosto 2017 |
Número de sentencia | STL12148-2017 |
Número de expediente | T 74269 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
GERARDO BOTERO ZULUAGA
Magistrado Ponente
Acta nº 28
Bogotá, D.C., nueve (09) de agosto de dos mil diecisiete (2017).
Decide la Corte la impugnación interpuesta por A.H.D.S., C.A.D.P., FÉLIX ANTONIO NOREÑA GARNICA, JOSÉ VICENTE CABANZO (PBRO), L.P.S., V.L.S.G., LIDA JOHANA SALAZAR GALÁN, M.D.R., RUTH MILENA DÍAZ RUEDA, Z.R.M., RAÚL RAMIREZ MANRIQUE y MARÍA CECILIA CALDERÓN DE QUINTERO, contra la sentencia proferida por la SALA DE CASACIÓN CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, el 21 de junio de 2017, dentro de la acción de tutela que promovieron WILLINGTON RUEDA MIRANDA y NORBERTO BENÍTEZ MUÑOZ contra la SALA CIVIL-FAMILIA-LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN GIL, extensiva al JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO de esa urbe.
-
ANTECEDENTES
Los accionantes, N.B.M. y Willintong Rueda Miranda, reclamaron la protección de los derechos fundamentales «al debido proceso y al acceso a la administración de justicia », los cuales consideran vulnerados por las accionadas.
En lo que interesa al escrito de tutela, informaron que el 18 de octubre de 2016, el juzgado accionado al celebrar la audiencia de decisión de objeciones, declaró dejar sin efectos jurídicos algunos «contratos de promesa de compraventa», por lo que los recurrentes, presentaron incidente de nulidad, con fundamento en el artículo 133 numeral 5 del Código General del Proceso, no obstante, el 9 de noviembre de esa misma anualidad, el sentenciador de primer grado, rechazó de plano el incidente propuesto.
Que mediante proveído de fecha 28 de abril de 2017, el Tribunal de San Gil, al resolver el recurso de apelación instaurado por los hoy impugnantes, ordenó «primero revocar: el auto recurrido de fecha 09 de noviembre de 2016, proferido por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de San Gil. segundo: dejar sin efecto lo decidido en la audiencia del 18 de octubre de 2016 dentro del proceso declaración de insolvencia de persona natural comerciante C.J.J.O. en lo que atañe a los contratos de promesa de compraventa declarados sin efectos jurídicos dentro del presente asunto».
- TRÁMITE Y DECISIÓN DE INSTANCIA
Mediante proveído del 7 de junio de 2017, la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia, admitió la acción de tutela, ordenó enterar a las partes, y correr el traslado de rigor.
Dentro del término de traslado, las partes e intervinientes...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba