Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 49684 de 16 de Agosto de 2017
Sentido del fallo | CASA PARCIALMENTE Y DE OFICIO |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Bogotá |
Fecha | 16 Agosto 2017 |
Número de sentencia | SP12318-2017 |
Número de expediente | 49684 |
Tipo de proceso | CASACIÓN |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ
Magistrado ponente
SP12318-2017
R.icación n° 49684.
Aprobado acta No. 261.
Bogotá D.C., dieciséis (16) de agosto de dos mil diecisiete (2017.)
V I S T O S
Se pronuncia la Corte oficiosamente sobre la sentencia de segunda instancia proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá el 4 de noviembre de 2016, mediante la cual confirmó con modificaciones la sentencia emitida por el Juzgado 20 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de esa misma ciudad el 10 de junio de 2016, que condenó a Hernán Saúl D.A. y Cristian Valerio Cárdenas Aguilera como coautores responsables del concurso de delitos de Homicidio y Fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones, imponiéndole la pena principal de 244 meses de prisión, y las sanciones accesorias de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de veinte años, y privación del derecho a la tenencia y porte de armas por quince años.
H E C H O S
En el auto inadmisorio de la demanda de casación, la Corte prohijó el siguiente resumen de los acontecimientos:
“Tuvieron ocurrencia el 5 de octubre de 2013, aproximadamente a las 10:30 P.M., a la altura de la diagonal 60 sur frente al 2D-41 Barrio Danubio Azul, cuando H.S.D.A. alias “C.” y C.V.C.A. alias “el Mono”, provistos de armas de fuego que portaban sin permiso de autoridad competente, mataron a V.H.P.V.»
ACTUACIÓN PROCESAL
En audiencias preliminares llevadas a cabo el 22 de agosto de 2014 ante el Juzgado 49 Penal Municipal con función de control de garantías de Bogotá, se legalizó la captura de Hernán Saúl D.A. y Cristian Valerio Cárdenas Aguilera1, se les formuló imputación por las conductas punibles de Homicidio y Fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones, y se les impuso medida de aseguramiento consistente en detención preventiva en establecimiento de reclusión.
Como los incriminados no se allanaron a los cargos endilgados, el representante del ente instructor presentó el correspondiente escrito de acusación el 15 de diciembre de esa anualidad, ratificándolos.
La etapa del juzgamiento fue asumida por el Juzgado 20 Penal del Circuito de Bogotá, con Funciones de Conocimiento, despacho que luego de celebrar las audiencias de acusación –el 12 de marzo de 2015-, preparatoria –el 18 de junio del mismo año-, y juicio oral –en sesiones del 13 de julio, 1 de septiembre, 13 de octubre, 25 de noviembre y 15 de diciembre ulteriores, y 13 y 28 de abril de 2016- dictó sentencia el 10 de junio siguiente, declarando la responsabilidad penal de Cárdenas Aguilera y D.A. en los ilícitos...
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