Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 74451 de 16 de Agosto de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 692867729

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 74451 de 16 de Agosto de 2017

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenTRIBUNAL SUPERIOR SALA CIVIL - FAMILIA - LABORAL DE VILLAVICENCIO
Número de expedienteT 74451
Número de sentenciaSTL13054-2017
Fecha16 Agosto 2017
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social


CLARA C.D.Q.

Magistrada ponente


STL13054-2017

Radicación n. 74451

Acta 29


Bogotá, D. C., dieciséis (16) de agosto de dos mil diecisiete (2017).


La Sala resuelve la impugnación interpuesta por I.N. ROJAS ROJAS en representación de su hijo DAVID STEVEN ROBLES ROJAS contra el fallo proferido el 28 de junio de 2017 por la SALA CIVIL – FAMILIA - LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE VILLAVICENCIO, dentro de la acción de tutela que adelanta la recurrente contra LA NACIÓN – MINISTERIO DE EDUCACIÓN, el DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN, el INSTITUTO COLOMBIANO DE CRÉDITOS EDUCATIVOS Y ESTUDIOS TÉCNICOS EN EL EXTERIOR - ICETEX-, los municipios de VILLAVICENCIO y de CUBARRAL, trámite al cual fue vinculada la ESCUELA COLOMBIANA DE INGENIIERÍA JULIO GARAVITO.


  1. ANTECEDENTES

INGRID NAYIBE ROJAS ROJAS en representación de su hijo DAVID STEVEN ROBLES ROJAS, instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de los derechos fundamentales a la EDUCACIÓN, IGUALDAD, «en conexidad con el MÍNIMO VITAL» y «CONFIANZA LEGÍTIMA», presuntamente vulnerados por las autoridades convocadas.


En lo que interesa a la impugnación, refirió que su hijo culminó sus estudios de bachillerato en diciembre de 2016 en el Colegio Departamental La Esperanza de Villavicencio. Indicó que en el mismo año presentó las «pruebas saber 11», en las que alcanzó un puntaje de 353.


Aseguró que en agosto de 2016 acudió a las oficinas del Sisbén de la ciudad de Villavicencio y requirió ser vinculada junto con su hijo al sistema estadístico; que en virtud de ello, la entidad le informó que debía «estar atenta a las visitas programadas por esta oficina las cuales se harían en los diferentes barrios de la ciudad y que la información se daría a conocer a través de los medios radiales locales».


Adujo que en septiembre del mismo año solicitó nuevamente al Sisbén la inclusión en el programa, oficina que le indicó de forma verbal que debía llevar las fotocopias de los documentos de los integrantes de su grupo familiar, así como un recibo de servicio público en el que se evidenciara su dirección de residencia y que en dos meses después de radicar la documentación, tendría su respuesta.

Afirmó que debido a lo anterior, le pidió a un familiar que reside en el Municipio de Cubarral – Meta, que vinculara a D.S.a.S., lo cual se llevó a cabo el 25 de octubre de 2016.


Agregó que mediante petición de 8 de noviembre de 2016 solicitó al Icetex incluir a su hijo en el programa «ser pilo paga 3», pues en su sentir, cumplía con el lleno de los requisitos para dicho beneficio; no obstante, el instituto indicó que el joven no cumplía con los requerimientos para ser acreedor del beneficio y que la convocatoria culminó el 14 de diciembre del mismo año.


Sostuvo que, en igual sentido, el 27 de marzo de 2017 peticionó a las autoridades accionadas, a lo cual el Departamento Nacional de Planeación refirió no tener competencia respecto de los programas sociales que otorga el Estado; que La Nación - Ministerio de Educación Nacional refirió que la entidad encargada de resolver el tema planteado es el Icetex; que existen 45 beneficiarios que no cumplían con alguno de los requisitos, sin embargo, fueron incorporados mediante fallo judicial, y que en la mayoría de los casos los estudiantes se encontraban en el Sisbén pero fuera del corte requerido.


Por su parte, el Instituto Colombiano de Créditos Educativos y Estudios Técnicos en el Exterior - Icetex- le dio a conocer los requisitos establecidos para el programa. Por último, el Municipio de Cubarral le contestó que debía adelantar la encuesta del S. en Villavicencio para poder solicitar el subsidio requerido.


Narró que el 18 de mayo de 2017 entregó ante el Municipio de Villavicencio los documentos requeridos...

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