Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102030002017-02026-00 de 16 de Agosto de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 692867997

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102030002017-02026-00 de 16 de Agosto de 2017

Sentido del falloNIEGA TUTELA
Número de sentenciaSTC12269-2017
Número de expedienteT 1100102030002017-02026-00
Fecha16 Agosto 2017
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA



LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA

Magistrado ponente


STC12269-2017

Radicación n.º 11001-02-03-000-2017-02026-00

(Aprobado en sesión de dieciséis de agosto de dos mil diecisiete)



Bogotá, D.C., dieciséis (16) de agosto de dos mil diecisiete (2017).



Decídese la tutela promovida por C.P.P.G. frente a la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, integrada por las magistradas H.G.N., Martha Patricia Guzmán Álvarez y R.E.G.V., por el juicio ejecutivo singular adelantado por la aquí quejosa a P.J.J.A. y N.C..


1. ANTECEDENTES


1. La promotora reclama la protección de los derechos al debido proceso, defensa y “contradicción”, presuntamente quebrantados por la Corporación accionada.


2. Manifiesta como fundamento de su queja, en concreto, que los locales 212 y 213 ubicados en “Los Ángeles Centro Comercial y Empresarial (…) en la avenida calle 19 No. 4-71 en Bogotá” integran el acervo sucesoral de B.P.R. y son “administrados” por la aquí petente, quien es heredera del citado causante.


Agrega que “ejerciendo la administración y tenencia de los referidos inmuebles” se los arrendó el 1º de junio de 1997 a Pedro José Jaramillo Arango y N.C., momento en el cual “el servicio de acueducto y alcantarillado [de ese] Centro Comercial se encontraba suspendido (…) por falta de pago”.


Por la no cancelación de los cánones de arrendamiento, inició proceso de restitución contra los mencionados señores, litigio donde éstos alegaron la excepción de “contrato no cumplido”, apoyada en que la tutelante “(…) no cumplió con la obligación de habilitar los servicios públicos de agua y alcantarillado a los inmuebles (sic)”.


El 12 de febrero de 2001, se dictó sentencia acogiendo el aludido medio exceptivo.


Expresa que tales personas “continuaron incumpliendo el pago de los cánones” y se negaron a entregar los predios.


Luego del sellamiento del “Centro Comercial” por problemas sanitarios y su reapertura el 22 de agosto de 2002, P.J.J.A. y N.C. cambiaron sin autorización, la destinación de los bienes de “bar” a “bodegas, pero no cancelaron el arrendamiento”.


Con el paso del tiempo “la comunicación entre la [acá] accionante y los arrendatarios se distanció, pero cada vez que la accionante tenía la oportunidad le cobraba a los arrendatarios y les exigía la restitución inmediata de los inmuebles”.


Las circunstancias antes narradas condujeron a Claudia Patricia Poveda Gutiérrez a iniciar en julio de 2012, el proceso coercitivo materia de este auxilio, pretendiendo el recaudo forzado de la renta adeudada desde febrero de 2001.


Evacuado el trámite respectivo, mediante fallo de 16 de septiembre de 2016, el a quo ordenó seguir adelante con la ejecución, providencia apelada por el extremo allá convocado, correspondiendo desatar la misma al Tribunal querellado, quien antes de ello, dispuso oír en declaración a R.A.C..


En audiencia celebrada el 23 de marzo de 2017, el ad quem revocó el proveído impugnado para en su lugar, finalizar ese juicio.


La señora P.G. cuestiona a ese juzgador por “inadecuada valoración” de la “certificación” firmada el 12 julio de 2004, por P.J.J.A. y H.F.C.P..


Acota que para el colegiado ese documento era “idóneo para demostrar la terminación del contrato”; empero, desconoció esa autoridad “(…) que la naturaleza jurídica del contrato de arrendamiento se circunscribe a las partes (…)” de esa convención, “(…) que para el caso concreto es la sucesión ilíquida de B.P.R.”..

3. Tras aseverar que el accionado no apreció conjuntamente los medios de prueba recopilados, entre tales las versiones de...

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