Sentencia nº 05001-23-31-000-2011-00841-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 14 de Septiembre de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 699148385

Sentencia nº 05001-23-31-000-2011-00841-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 14 de Septiembre de 2017

Fecha14 Septiembre 2017
EmisorSECCIÓN TERCERA

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

Consejero Ponente: CARLOS ALBERTO ZAMBRANO BARRERA

Bogotá D.C., catorce (14) de septiembre de dos mil diecisiete (2017)

Radicación número: 05001-23-31-000-2011-00841-01( 51 394)

Actor: ISAGEN S.A. E.S.P.

Demandado: MEGAPROYECTOS S.A.

Referencia: CONTROVERSIAS CONTRACTUALES

Se deciden las solicitudes de desistimiento formuladas por la llamada en garantía, Royal & Sun Alliance Seguros (Colombia) S.A., e ISAGÉN S.A. E.S.P., obrantes a folios 163 a 164 del cuaderno principal.

ANTECEDENTES

1. El 5 de abril de 2011, ISAGÉN S.A. E.S.P. presentó, por conducto de apoderado judicial y en ejercicio de la acción de controversias contractuales, demanda contra M.S., con el fin de obtener las siguientes declaraciones y condenas (se transcribe como obra en el texto original, incluso con errores):

PRIMERA. Declara r que MEGAPROYECTOS S.A. incumplió las obligaciones adquiridas con ISAGEN S.A. ESP en virtud del Contrato No. 46/2629 suscrito el 19 de diciembre de 2007 para la construcción del un carreteable para el acceso vehicular a la zona del Embalse Amaní de la Central Hidroeléctrica Miel I, por la vereda La Quiebra, municipio de Norcasia, Departamento de Caldas.

SEGUNDA. Declarar que según lo pactado entre las Partes del Contrato No. 46/2629, ISAGEN estaba facultada para terminar anticipadamente dicho contrato por incumplimiento de las obligaciones de M.S.

TERCERA: Declarar que como consecuencia de la terminación anticipada del Contrato 46/2629, ISAGEN sufrió perjuicios que deben indemnizar MEGAPROYECTOS S.A. y ROYAL & SUN ALLIANCE SEGUROS (COLOMBIA) S.A.

CUARTA: Condenar en consecuencia a MEGAPROYECTOS S.A. pagar a ISAGEN S.A. ESP, a título de sanción por incumplimiento conforme a lo establecido en Contrato No. 46/2629, la suma de QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO SESENTA Y DOS PESOS M/L ($557.753.162).

“QUINTA: Condenar en consecuencia a MEGAPROYECTOS S.A. pagar a ISAGEN S.A. ESP, como mínimo el valor de los perjuicios causados con el incumplimiento de las obligaciones contractuales a su cargo, en su componente de daño emergente, los cuales se discriminaran así:

5.1 MAYORES COSTOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO

Por un valor de TRES MIL TRECIENTOS OCHENTA MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA PESOS M/L ($3.380.547.950) según el siguiente cuadro:

RESUMEN DE LOSPERJUICIOS (DAÑO EMERGENTE)

DESCRIPCIÓN

VALOR ($)

Mayores costos de construcción del carreteable

2.109.621.230

Mayores costos de Interventoría

835.785.003

Costos por manejo ambiental y seguridad industrial

20.028.661

Mayores costos por alquiler zona de depósito

12.435.233

Mayores costos administrativos de ISAGEN

345.778.488

Mayores costos de vigilancia

19.231.335

Mayores costos de transporte de personal de ISAGEN

37.668.000

Total daño emergente

3.380.547.950

5.2 DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO NO AMORTIZADO

Ordenar a MEGAPROYECTOS S.A. devolver a ISAGEN la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS M/L ($271.204.845), por concepto de anticipo no amortizado, según el siguiente cuadro:

ITEM

CONCEPTO

VALOR ($)

1

Anticipo entregado a MEGAPROYECTOS, corres pondiente al 15% del valor del C ontrato

836.629.743

2

Anticipo amortizado por concepto de las actas de obra ejecutada

239.317.618

3

Pago retenido por concepto de las facturas de actas de obra ejecutada Nos. 9, 10, 11 y de la factura correspondiente al menor valor facturado en las actas de obra Nos. 2 a 11

326.107.280

4

Anticipo no amortizado (ítem 1) - (ítem 2) - (ítem 3)

271 . 204.845

SEXTA : Ordenar que las sumas que se condene a MEGAPROYECTOS S.A. pagar a ISAGEN S.A. ESP se indexen al momento de la sentencia, teniendo como base el Índice de los Precios al Consumidor según lo certificado al respecto por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE- y ordénese también que la indexación se mantenga hasta la fecha en la que la condena sea pagada efectivamente a la demandante.

“Adicionalmente, sobre los valores ya ajustados y por los mismos periodos que acaban de expresarse, condénese a MEGAPROYECTOS S.A. a pagar a favor de ISAGEN S.A. ESP intereses corrientes liquidados a la tasa máxima legal permitida.

SEPTIMA : Declarar que ROYAL &SUN ALLIANCE SEGUROS (COLOMBIA) S.A. también está obligada a pagarle a ISAGEN S.A. ESP, de conformidad con las cláusulas de la póliza correspondiente, y hasta el monto de los amparos pactados en ella, el valor de las condenas que se pronuncien contra MEGAPROYECTOS S.A. por la indemnización de los perjuicios derivados del incumplimiento de sus obligaciones en el Contrato 46/2629, así:

7.1 Por la póliza No. 24412, en su amparo de Cumplimiento, los perjuicios derivados del incumplimiento de las obligaciones de MEGAPROYECTOS S.A. (Afianzado) en la construcción del un carreteable para el acceso vehicular a la zona de Embalse Amaní de la Central Hidroeléctrica Miel l, por la vereda La Quiebra, municipio de Norcasia, Departamento de Caldas según Contrato No. 46/2629, en el valor de la suma asegurada de UN MIL CIENTO QUINCE MILLONES QUINIENTOS SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO PESOS M/L ($1.115.506.325).

7.2 Por la póliza No. 24412, en su amparo de Buen manejo del anticipo, en la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS M/L ($271.204.845) correspondientes al valor del anticipo no amortizado por MEGAPORYECTOS S.A. en el Contrato 46/2629.

OCTAVA : Condenar en consecuencia a ROYAL & SUN ALLIANCE SEGUROS (COLOMBIA) S.A. pagar a ISAGEN S.A ESP las sumas expresadas en la petición anterior.

NOVENA : Ordenar que las sumas pagadas por ROYAL & SUN ALLIANCE SEGUROS (COLOMBIA) S.A. como indemnizaciones a su cargo, según la petición Quinta, se descuenten las correspondientes indemnizaciones que imponga la sentencia a cargo de MEGAPROYECTOS S.A., en forma tal que ésta última sólo quede obligada a pagar el saldo insoluto de las mismas.

DÉCIMA : Ordenar que sobre el valor de la condena a cargo de ROYAL &SUN ALLIANCE SEGUROS (COLOMBIA) S.A., se condene también a esta aseguradora a pagar a favor de ISAGEN S.A ESP intereses moratorios desde la fecha en que se encuentra en mora para el pago del siniestro y hasta el día del pago efectivo, todo de acuerdo con el artículo 1080 del Código de Comercio y normas complementarias.

DÉCIMA PRIMERA : En aplicación del artículo 886 del Código de Comercio, condenar a ROYAL &SUN ALLIANCE SEGUROS (COLOMBIA) S.A. pagar a ISAGEN S.A. ESP intereses sobre los intereses de mora que se hayan causado a su cargo.

DÉCIMA SEGUNDA : Declarar que las personas demandadas están obligadas a pagar las costas y agencias en derecho que se causen en este proceso, y ordénese la liquidación total de tales aspectos.

SUBSIDIARIAS :

PRIMERA : Condénese a MEGAPROYECTOS S.A. y a ROYAL &SUN ALLIANCE SEGUROS (COLOMBIA) S.A. pagar a ISAGEN S.A. los perjuicios en su modalidad de daño emergente no cuantificado en la demanda y lucro cesante, que se probaren en el proceso.

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