Sentencia nº 11001-03-26-000-2017-00044-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 22 de Mayo de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 699162517

Sentencia nº 11001-03-26-000-2017-00044-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 22 de Mayo de 2017

Fecha22 Mayo 2017
EmisorSECCIÓN TERCERA

MEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - C onflicto de competencias por no encontrarse dentro de los negocios a conocer por la Sección Tercera de la Corporación / CONFLICTO DE COMPETENCIAS - Negocio de carácter agrario no asignado a la Sección Tercera ni a las demás de la Corporación / CONFLICTO DE COMPETENCIAS - Suscitado por la Sección Primera por falta de competencia

En este estado de cosas, le corresponde al Despacho determinar si el sub júdice se encuentra dentro de los asuntos de carácter agrario de conocimiento de esta Sección. (…) De conformidad con el contenido de la providencia del 13 de marzo de 2017, se advierte que para la Sección Primera, a efectos de declarar su falta de competencia, resultó determinante el carácter rural del inmueble afectado con los actos administrativos demandados. Ahora, como la cuestión planteada -la condición de rural del inmueble- no está relacionada con un tema contractual, minero o petrolero, sino, eventualmente, agrario, el Despacho en esta oportunidad determinará el alcance de las facultades de la Sección Tercera en lo que a este punto se refiere. (…) Para determinar la competencia de la Sección Tercera en materia agraria le corresponde al Despacho determinar el sentido de las disposiciones por medio de las cuales el Reglamento de la Corporación la habilitó para conocer de estos procesos. Para lo anterior, se recurrirá a una interpretación teológica o finalista de las normas que lo integran, con el propósito de identificar el sentido que concuerda, en mayor medida, con los propósitos por los cuales se expidieron, previa identificación de las disposiciones en concordancia con las cuales debe aplicarse.

COMPETENCIA DEL CONSEJO DE ESTADO - Distribución de los negocios entre las Secciones

En virtud de lo dispuesto en los artículos 149 y 150 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011-, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado conoce, entre otros asuntos, de: i) los procesos de nulidad y restablecimiento del derecho que carezcan de cuantía, que se promuevan contra actos administrativos proferidos por autoridades del orden nacional; ii) la revisión de los actos de extinción del dominio agrario y de los de clarificación de la propiedad, deslinde y recuperación de baldíos y de iii) las apelaciones de las providencias -autos y sentencias- susceptibles de este recurso, dictadas por los...

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