Sentencia nº 25000-23-41-000-2016-02339-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN QUINTA, de 6 de Abril de 2017
Fecha | 06 Abril 2017 |
Emisor | SECCIÓN QUINTA |
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN QUINTA
Consejera ponente: L UCY JEANNETTE BERMÚDEZ BERMÚDEZ
Bogotá, D.C., seis (6) de abril de dos mil diecisiete (2017)
Radicación número: 25000-23-41-000-2016-02339-01 (ACU)
Ac tor : C.J.C. ROMERO Y OTROS
Demandado : DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES, DIAN Y OTRA
Conoce la Sala del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia de 3 de febrero de 2017 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección “A”, que negó “por improcedente” las pretensiones formuladas en la presente acción de cumplimiento.
I. ANTECEDENTES
1.1. Demanda
Los señores C.J.C.R., M.L.M.H., N., V.A., A.d.P.G.O., E.J.T.D., Á.M.V.A., J.A.M.M., J.F.D.M., E.E.C.C., E.R.C.D., P.E.R.S.J.P.S.M. y L.C.R.A., mediante apoderado judicial, ejercieron acción de cumplimiento contra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales “DIAN” y la Comisión Nacional del Servicio Civil “CNCS”.
Lo anterior para obtener el acatamiento de la Convocatoria 128 de 2009, Acuerdo 108 de 2009, Resolución 3279 de 2012, modificada por la Resolución 0624 de 2013 también modificada por las Resoluciones 1943 de 2013 y 0081 de 2014 de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
1.2. Hechos
La Comisión Nacional del Servicio Civil, en adelante “CNCS”, mediante la Convocatoria 128 de 2009, convocó a concurso de méritos para proveer 888 cargos en la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en adelante “DIAN”, de los cuales solo se han nombrado 241.
De los mentados 888 cargos, destacó que 301 corresponden al de Gestor IV y 52 para Auditor Tributario, para los cuales participaron los demandantes, los cuales luego de superar las distintas fases del concurso hicieron parte de la lista de elegibles -Resolución No. 3279 de 2012- en los siguientes puestos:
Nombre
Puesto
C.J.C.R.
63
M.L.M.H.
64
N., V.A.
76
A.d.P.G.O.
77
E.J.T.D.
84
Á.M.V.A.
85
J.A.M.M.
87
J.F.D.M.
93
E.E.C.C.
105
E.R.C.D.
115
Pedro Enrique Rodríguez Suárez
127
Jenny Patricia Sánchez Mateus
120
L.C.R.A.
70
A pesar de lo anterior, no han sido nombrados y afirman que los ya realizados no han respetado el orden establecido en la lista de elegibles, incluso manifiestan que se han nombrado a personas que no hacen parte de dicha resolución, lo que ha generado el ejercicio de varias acciones de tutela.
Sostuvieron que mediante Oficio No. 4371 de 10 de febrero de 2016 la CNSC les informó que “…no hay más vacantes para proveer los cargos con las personas seleccionadas en la lista de elegibles…”, lo que consideraron que “…no repara en los puestos de ubicación de mis poderdantes en la lista de elegibles…”. Empero, citó como ejemplo el nombramiento realizado en diciembre de 2015, de una persona que ocupaba el puesto 61 de la lista de elegibles.
A pesar de lo anterior, pusieron de presente que la “DIAN” comunicó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público “…que...
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