Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 4700122130002017-00281-01 de 8 de Febrero de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 702844309

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 4700122130002017-00281-01 de 8 de Febrero de 2018

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil - Familia de Santa Marta
Fecha08 Febrero 2018
Número de sentenciaSTC1421-2018
Número de expedienteT 4700122130002017-00281-01
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil


AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO

Magistrado ponente



STC1421-2018

Radicación n° 47001-22-13-000-2017-00281-01

(Aprobado en sesión de siete de febrero de dos mil dieciocho)



Bogotá, D.C., ocho (8) de febrero de dos mil dieciocho (2018).


Se decide la impugnación interpuesta por el accionante contra el fallo proferido el 7 de diciembre de 2017 por la Sala Tercera de Decisión Civil - Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de S.M., dentro de la acción de tutela promovida por J.T.L.S.; contra el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de esa ciudad, trámite al que se vincularon a los sujetos intervinientes en el proceso que da origen al presente resguardo.


ANTECEDENTES


1. La empresa actora por intermedio de su representante legal, reclamó la protección de sus derechos al debido proceso e igualdad, presuntamente vulnerados por la autoridad accionada.


En consecuencia, solicitó «…[Dejar] sin efecto alguno las providencias tuteladas [y] el avalúo del inmueble», aprobado por el querellado; y por ese mismo camino, pretendió la práctica de un nuevo justiprecio ajustado a ley, conllevando a la suspensión de « [la] audiencia de remate fijada para el 27 de noviembre de 2017», a modo de mecanismo transitorio, «mientras se resuelven los recursos interpuestos contra [el] auto del 20 de [n]oviembre de [esa anualidad]».


2. Son hechos relevantes para la definición del presente asunto los siguientes:


2.1. Bancolombia S. A; instauró acción ejecutiva hipotecaria en contra de Inversiones Trout Lastra S.A.S; demanda que conoció el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de S.M. bajo radicado 2016/00276.


2.2. Ante la ausencia de excepciones de fondo, debido a la «precaria situación financiera» de la deudora, el Estrado convocado dictó orden de seguir adelante con el cobro compulsivo.


2.3. «[M]ucho tiempo después» de la oportunidad prevista en el numeral 1º, artículo 444 del Código General del Proceso, el establecimiento crediticio arrimó avalúo elaborado por L.A.J. y J.J.G. como peritos, al cual se le corrió traslado. Posteriormente fue «aprobado» y fijada fecha de remate por auto del 18 de septiembre de 2017.


2.4. La quejosa se dolió de este actuar judicial, porque además de ser «extemporáneo» el laborío, se le causó un «grave perjuicio … que … podría calcularse en no menos de 17 mil millones de pesos», por las razones técnicas expuestas, en lo atinente al «valor comercial real del predio» derivado de una posible irregularidad en la apreciación del área del terreno.


2.5. El 10 de octubre de 2017, la ejecutada elevó «solicitud de aplazamiento del remate y designación de un perito para revisar el avalúo» calificado por ella misma como “abiertamente contrario a la realidad material»; pedimento negado mediante proveído del 20 de noviembre siguiente. Frente a esa determinación, la gestora interpuso recurso de reposición y subsidiario de apelación.


RESPUESTA DEL ACCIONADO Y LOS...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR