Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 0500122100002017-00445-01 de 13 de Febrero de 2018
Sentido del fallo | CONFIRMA CONCEDE TUTELA |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Familia de Medellín |
Número de expediente | T 0500122100002017-00445-01 |
Número de sentencia | STC1771-2018 |
Fecha | 13 Febrero 2018 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Materia | Derecho Civil |
OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE
Magistrado ponente
STC1771-2018
Radicación nº 05001-22-10-000-2017-00445-01
(Aprobado en Sala de siete de febrero de dos mil dieciocho)
Bogotá, D. C., trece (13) de febrero de dos mil dieciocho (2018).
Decide la Corte la impugnación del fallo de 30 de noviembre de 2017, proferido por la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, en la tutela de J.W.L.M. frente a la Fiscalía General de la Nación, Policía Nacional, Policía Metropolitana del Valle de Aburrá, Alcaldía de Medellín, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF y la E.P.S. Salud Total, y vinculada la Dirección Nacional de Protección y Asistencia de la Fiscalía General de la Nación.
ANTECEDENTES
1. El promotor solicitó la salvaguarda de los derechos a la vida digna, vivienda, salud y los derechos de los niños presuntamente vulnerados por las convocadas y, en consecuencia, rogó «(…) brind[e] de manera urgente un sitio donde vivir [como] TESTIGO PROTEGIDO» y que también se ordene «a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, a la ALCALDÍA DE MEDELLÍN y a la POLICÍA NACIONAL, la PROTECCIÓN inmediata (…); a la POLICÍA METROPOLITANA DEL VALLE DE ABURRÁ se investigue [a un] patrullero (…); a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN nos sean entregados todos los beneficios a los que tenemos derecho como TESTIGOS PROTEGIDOS (…); al INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR la entrega de mis niños (…); a la EPS SALUD TOTAL me sean brindadas todas las atenciones médica(sic) a que tengo de derecho por mi condición de TESTIGO PROTEGIDO (…); a la Fiscalía General de la Nación se inicie el estudio de ingreso al programa de PROTECCIÓN DE TESTIGOS de [su] madre y de [su] hermano (…)» (fls. 7 y 8).
Sustentó la queja aduciendo que con ocasión a una denuncia presentada ante el ente investigador por hechos relacionados con la banda «Los Triana» que operaba en el Municipio de Bello, en febrero de 2016 fue acogido como testigo protegido por lo que junto con su compañera permanente y sus tres hijos fueron llevados a B. donde fijó su residencia con su familia, pero que sufrió un problema de seguridad relacionado con alcoholemia por lo que fue enviado a Fusagasugá.
El 7 de febrero de 2017, lo niños fueron llevados a un centro del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y desde entonces no los ha podido ver no obstante que el Defensor de Menores le comunicó que la custodia había sido resuelta a su favor, lo cual no se ha cumplido.
Agregó que fue intervenido quirúrgicamente para implantarle un marcapasos, lo que pone en riesgo su salud y desde hace tiempo no ha recibido ningún tipo de tratamiento, requiere una cirugía urgente para recuperar su vida normal, fue hospitalizado en cinco ocasiones una de ellas en la Clínica Los Nogales y en otros centros hospitalarios de esta ciudad; además fue expulsado de un refugio de la Fiscalía y enviado a Medellín a la Casa Hogar Ser Feliz, donde ha...
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