Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 96555 de 15 de Febrero de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 703906721

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 96555 de 15 de Febrero de 2018

Sentido del falloCONFIRMA CONCEDE TUTELA
Fecha15 Febrero 2018
Número de expedienteT 96555
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP2075-2018
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Cúcuta
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO

MAGISTRADO PONENTE


STP2075-2018

Radicación No. 96555

Acta No. 049

Bogotá D. C., febrero quince (15) de dos mil dieciocho (2018).


VISTOS:


La Sala se pronunciara respecto de la impugnación interpuesta por la C.S.Y.S.F., Jefe del Área de Sanidad de Policía de Norte de Santander, contra la sentencia dictada el 05 de diciembre de 2017 por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta, por medio de la cual amparó el derecho fundamental a la salud a favor del señor H.R. PEÑA, presuntamente vulnerado por la entidad recurrente y la Dirección de Sanidad de Policía Nacional.

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:


1. El señor H.R.P. puso de presente que el 23 de noviembre de 2017, se le programó una cirugía de cáncer de próstata por laparoscopia, enfermedad que le fue diagnosticada por su médico tratante.


2. Agregó que si bien el 22 de ese mismo mes y año le informaron que el referido procedimiento sería cancelado, aduciendo que el relativo a “laparoscopia” no era el mejor frente a la patología que presentaba y que lo mejor “era otro tipo de cirugía, pero no se me informó por escrito que tipo de cirugía era”.


3. Con base en lo expuesto acudió al jue de tutela en procura de amparo para los derechos fundamentales a la salud, vida y seguridad social.


En consecuencia, solicitó se ordenara a la Policía Nacional – Dirección de Sanidad Norte de Santander, dispusiera lo necesario para que se le practicara la cirugía de cáncer de próstata lo más pronto posible “sin importar el tipo de procedimiento que sea… para que la enfermedad no siga avanzando”, y se le prestara el servicio integral de salud que resultare necesario.

Al escrito de tutela anexó, entre otros documentos, la orden expedida por el médico tratante de fecha 31 de julio de 2017 través de la cual ordenó al práctica de la cirugía “prostatectomía radical por laparoscopia por paquete”, así como el concepto del Comité Técnico Científico que frente a la solicitud del ciado procedimiento le notificó que no fue aprobado.


TRÁMITE DE LA ACCIÓN:


1. La Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta admitió la demanda y dispuso notificar lo pertinente al Director de Sanidad de la Policía Nacional y al Jefe del Área de Sanidad del Departamento de Policía de Norte de Santander y vinculó al Centro Urológico Uronorte S.A.


De otra parte y, como medida provisional ordenó a las dependencias de la institución policial relacionadas que en el término improrrogable de 48 horas procedieran a autorizar la práctica de la cirugía denominada Prostatectomía Radical por Laparoscopia, así como la entrega de los medicamentos y tratamientos postquirúrgicos que llegare a necesitar el demandante.


2. La C.S.Y.S.F., Jefe del Área de Sanidad de Policía de Norte de Santander solicitó se declarara improcedente la acción de tutela en razón a que al ciudadano H.R. PEÑA se le venía prestando toda la atención a la que tiene derecho.


Luego de hacer referencia a que había dado cumplimiento a la medida provisional decretada, indicó que como el procedimiento denominado Prostatectomía Radical...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR