Sentencia nº 25000-23-37-000-2014-00427-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN CUARTA, de 15 de Diciembre de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 704508841

Sentencia nº 25000-23-37-000-2014-00427-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN CUARTA, de 15 de Diciembre de 2017

Fecha15 Diciembre 2017
EmisorSECCIÓN CUARTA

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

S ECCIO N CUARTA

Consejero ponente: STELLA JEANNETTE CARVAJAL BASTO

Bogotá D.C., quince (15) de diciembre de dos mil diecisiete (2017).

Radicación número: 25000-23-37-000-2014-00427-01(23152)

Actor: ENERGÍA PARA EL AMAZONAS S.A. E.S.P.

Demandado: SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS

AUTO

ENERGÍA PARA EL AMAZONASS.A. E.S.P., por medio de apoderado, interpuso demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra la Liquidación Oficial SSPD No. 20135340020966 de 6 de agosto de 2013 y las Resoluciones Nos. SSPD-2013530004705 de 7 de noviembre de 2013 y SSPD 20135000055945 de 12 de diciembre de 2013, proferidas por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, mediante las cuales fijó la contribución especial por el año 2013.

El 29 de marzo de 2017, la Sección Cuarta del Tribunal Administrativo de Cundinamarca profirió sentencia de primera instancia, en la que declaró la nulidad parcial de los actos administrativos demandados.

La parte demandada interpuso recurso de apelación contra la anterior decisión, con el objeto de que se revoque la sentencia y, en su lugar, se mantengan incólumes los actos acusados.

La parte actora presentó escrito de apelación adhesiva en contra del numeral 2 de la parte resolutiva de la sentencia de 29 de marzo de 2017, y solicitó se tuvieran como pruebas los documentos anexos al recurso, con el fin de acreditar los pagos efectuados por la sociedad en relación con la contribución del año 2013.

Para tal efecto, manifestó que la solicitud de pruebas obedece al incumplimiento del parágrafo 1 del artículo 175 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, por parte de la Superintendencia, al no enviar en los antecedentes administrativos la totalidad de los pagos efectuados por la sociedad, con lo cual se demuestra que el valor pagado en exceso por este concepto fue de $161.484.804 y no de $3.305.881, como lo determinó el a quo.

Mediante auto de 14 de julio de 2017, el Despacho admitió los recursos de apelación presentados por las partes del proceso.

CONSIDERACIONES

Oportunidad

Con el fin de verificar si se solicitó en término la práctica de pruebas en segunda instancia, el Despacho observa que en el escrito de apelación adhesiva la parte demandante solicitó se tuvieran como pruebas los siguientes anexos:

“1. Comunicación 20141310289401 expedida por la SSPD y recibida el 25 de junio del 2014.

2. Comprobante del pago realizado por ENAM S.A. E.S.P. a favor de la SSPD el 10 de julio del 2014 por la suma de $112.000.000.

3. Auto No. SSPD 20141310026496 del 19 de agosto del 2014 por medio del cual se decretan medidas cautelares en el proceso de cobro coactivo No. 2014131540100381E.

4. Oficio 20141310515441 dirigido a Bancolombia, comunicándole la medida cautelar decretada.

5. Extracto Bancario de ENAM S.A. E.S.P. de la cuenta corriente de Bancolombia terminada en 86541 del mes de septiembre del 2014 donde aparece el débito realizado por concepto del embargo adelantado por la SSPD, por la suma de $111.135.723.

6. Comunicación DAF-AMZ-2064-2014 remitida por ENAM S.A. E.S.P. a la SSPD, solicitando el levantamiento de las medidas cautelares, adjuntando copia del auto admisorio de la demanda.

7. Oficio 20141310559671 del 09 de septiembre del 2014 mediante el cual la SSPD niega la solicitud presentada por ENAM S.A. E.S.P.

8. Liquidación de la contribución practicada el 10 de agosto del 2014 por parte de la SSPD por la suma de $149.350.000.

9. Comunicación DAF-AMZ-2109-2014 del 14 de octubre del 2014, por medio del cual se solicita aplicar el dinero embargado y un acuerdo de pago.

10- Comunicación con Radicado No. 2014130690071 expedida por la SSPD y recibida el 24 de noviembre del 2014.

11. Factura expedida por la SSPD para el pago de la cuota correspondiente mes de noviembre del 2014.

12. Comprobante de consignación en el Banco BBVA a favor de la SSPD del 27 de noviembre de 2014, por la suma de $9.645.000.

13. Factura expedida por la SSPD para el pago de la cuota correspondiente al mes de diciembre del 2014.

14. Comprobante de consignación en el Banco BBVA a favor de la SSPD del 19 de diciembre del 2014, por la suma de S9.645.000.

15. Factura expedida por la SSPD para el pago de la cuota correspondiente al mes de enero del 2015.

16. Comprobante de consignación en el Banco BBVA a favor de la SSPD del 21 de enero del 2015, por la suma de $9.645.000.

17. Factura expedida por la SSPD para el pago de la cuota correspondiente al mes de febrero del 2015.

18. Comprobante de consignación en el Banco BBVA a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR