Sentencia nº 41001-23-31-000-2012-00096-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 15 de Febrero de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 707334897

Sentencia nº 41001-23-31-000-2012-00096-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 15 de Febrero de 2018

Fecha15 Febrero 2018
EmisorSECCIÓN TERCERA

ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA - Daños derivados de la administración de justicia / DAÑOS DERIVADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Por privación injusta de la libertad / PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD - De persona sindicada de delitos de secuestro extorsivo, concierto para delinquir y fabricación, tráfico y porte de armas de fuego / MEDIDA DE ASEGURAMIENTO - D e detención preventiva. Ley 906 de 2004 / RÉGIMEN SUBJETIVO DE RESPONSABILIDAD - Error jurisdiccional / ERROR JURISDICCIONAL - Preclusión por vencimiento de términos para formular acusación / ERROR JURISDICCIONAL - Procedencia de la detención preventiva por cumplimiento de los presupuestos de ley / CULPA EXCLUSIVA DE LA VÍCTIMA - Huida. E vasión del control de las autoridades policiales / DAÑO ANTIJURÍDICO - Privación injusta de la libertad

La Sala encuentra probado que en contra de la señora M.M.V.C. se adelantó un proceso penal [por su supuesta responsabilidad en los delitos de secuestro extorsivo; concierto para delinquir y fabricación, tráfico y porte de armas de fuego], que terminó con providencia de preclusión, la cual no obedeció a la configuración de alguno de los supuestos que dan lugar a la aplicación al régimen objetivo de responsabilidad, sino que tuvo como fundamento el vencimiento de los términos para formular la acusación. (…) En las condiciones analizadas, como la preclusión no obedeció a la inexistencia del hecho; la atipicidad de la conducta; la aplicación del in dubio pro reo o porque el implicado no cometió el delito, en el sub lite, para efectos de determinar la responsabilidad derivada de la detención preventiva de la demandante, se recurrirá al régimen de responsabilidad subjetivo. (…) En este orden de ideas, la Sala determinará si la Rama Judicial, a través del juez de control de garantías competente, incurrió o no en un error jurisdiccional al proferir la providencia que dispuso la detención preventiva de la señora V.C. y si la conducta del ente acusador resultó determinante para tales efectos.

PRELACIÓN DE FALLO - Regulación normativa / PRELACIÓN DE FALLO - Decisión sin sujeción al orden cronológico por tratarse de asuntos reiterados jurisprudencialmente / PRELACIÓN DE FALLO - Pronunciamiento anticipado de juez por existir jurisprudencia consolidada y reiterada sobre privación injusta de la libertad

En la actualidad, la Subsección A de la Sección Tercera del Consejo de Estado tiene a su conocimiento procesos que entraron para...

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