Auto nº 11001-03-24-000-2017-00438-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 2 de Abril de 2019 (caso AUTO nº 11001-03-24-000-2017-00438-00 de Consejo de Estado (SECCION PRIMERA) del 02-04-2019) - Jurisprudencia - VLEX 781917113

Auto nº 11001-03-24-000-2017-00438-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 2 de Abril de 2019 (caso AUTO nº 11001-03-24-000-2017-00438-00 de Consejo de Estado (SECCION PRIMERA) del 02-04-2019)

Sentido del falloNO APLICA
EmisorSECCIÓN PRIMERA
Fecha02 Abril 2019
Número de expediente11001-03-24-000-2017-00438-00
Normativa aplicadaLEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 148 / LEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 138 / LEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 157 / / LEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 162 NUMERAL 6

VÍCTIMAS – Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente / REMISIÓN DEL PROCESO POR COMPETENCIA AL CONSEJO DE ESTADO – De juzgado administrativo por considerar que es un asunto de competencia exclusiva / DEMANDA DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - No puede prescindirse de la estimación razonada de la cuantía / ACTO QUE EXCLUYE UNA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE TIERRAS DESPOJADAS Y ABANDONADAS FORZOSAMENTE – Tiene contenido económico cuantificable / MEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Es el que procede cuando se deriva de la nulidad del acto un restablecimiento automático / FALTA DE COMPETENCIA DEL CONSEJO DE ESTADO - Para conocer demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra actos emitidos por autoridades del orden nacional con cuantía / COMPETENCIA DE LOS JUECES ADMINISTRATIVOS EN PRIMERA INSTANCIA – Para conocer demandas del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que excedan la cuantía de los trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales / DEVOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE POR COMPETENCIA - Por tratarse de un asunto cuyo conocimiento corresponde a los juzgados administrativos

La señora [...] actuando por conducto de apoderado [...] promovió demanda en contra de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, Dirección Territorial del M.M., con el fin de que se declare la nulidad de la Resolución nro. RS-0600 del 23 de junio de 2015, mediante la cual se decidió excluir del inicio formal la solicitud de inscripción en el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente, relacionada con el predio Pajarito ubicado en el Departamento de S., municipio de Coloso; confirmada por la Resolución nro. RS-1173 del 4 de septiembre de 2015. La demanda fue inicialmente conocida por el Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Sincelejo, que en providencia del 25 de septiembre de 2017 declaró su falta de competencia para continuar con su trámite y ordenó remitirla a esta Corporación, por considerar queencaja en aquellos asuntos reservados de manera exclusiva para el conocimiento del H. Consejo de Estado, que se tramitan incluso en única instancia, dada la naturaleza de las pretensiones (…).. Comoquiera que el acto aquí demandado es un acto definitivo y su declaratoria de nulidad podría generar beneficios económicos a la demandante, prueba de ello es que ésta solicita en la demanda(…) sírvase oficiar a INCODER y/o a quien corresponda...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR