Sentencia nº 63001-23-33-000-2017-00240-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 19 de Noviembre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 782409689

Sentencia nº 63001-23-33-000-2017-00240-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 19 de Noviembre de 2018

Fecha19 Noviembre 2018
EmisorSECCIÓN PRIMERA

ACCIÓN POPULAR /VULNERACIÓN DE DERECHOS GOCE DE UN AMBIENTE SANO, LA SEGURIDAD Y SALUBRIDAD PÚBLICAS, EL ACCESO A UNA INFRAESTRUCTURA DE SERVICIOS QUE GARANTICE LA SALUBRIDAD PÚBLICA Y LA PRESTACIÓN EFICIENTE Y OPORTUNA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS / SERVICIOS PENITENCIARIOS - Competencias / FALTA DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL - No desvirtúa la afectación de los derechos colectivos

La Sala observa que si bien al tenor del material probatorio arriba referido, es posible vislumbrar que algunas de las entidades accionadas y vinculadas han realizado gestiones y tareas (dentro de su marco de acción) tendientes a mitigar el hacinamiento, así como la vulneración de los derechos colectivos que se dicen transgredidos en la demanda, es posible concluir que, aun son apremiantes, las necesidades de quienes se encuentran cautivos en los patios de dicho centro de reclusión; y en ese orden de ideas, la problemática que aquí se suscita, no puede ni debe escapar de la órbita de éste Juez Constitucional, quien ciertamente debe tomar las medidas pertinentes en el asunto de la referencia (…) [E]n materia de acción popular es posible la declaratoria de hecho superado, siempre y cuando, se pruebe plenamente que la vulneración de los derechos colectivos invocados se superó durante el trámite de la acción, lo que ciertamente no sucedió en el sub judice (…) fuerza concluir que en el EPMSC de C. persisten los problemas de infraestructura asociados a averías en los baños (sanitarios, duchas, lavamanos); de humedad en pisos, techos y paredes; problemas en la cubierta de zonas comunes, celdas y otras habitaciones; daños de la red eléctrica, y de la red hídrica e hidrosanitaria; presencia de roedores, artrópodos y humedades que deben soportar los internos en algunas celdas y secciones del plantel, carencias que por cierto afectan la dignidad humana, pues con ello no solo se tiene en estado de precariedad a estas personas, sino que se imposibilita que estos gocen de un ambiente sano y seguro, viendo gravemente amenazada su salud, asi como también otras garantías iusfundamentales. Esta situación, sin lugar a dudas, también la padecen los funcionarios del cuerpo de custodia y de sanidad del INPEC, por cuanto las áreas para el alojamiento y la prestación del servicio de salud presentan algunos daños y menoscabos. (…) [L]a USPEC continúa vulnerando los derechos e intereses colectivos de la población privada de la libertad en el Establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad y Carcelario EPMSC de C., así como los del personal de custodia y de sanidad del mismo plantel, relacionados con el goce de un ambiente...

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