Auto nº 11001-03-27-000-2016-00042-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN CUARTA, de 4 de Octubre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 783538997

Auto nº 11001-03-27-000-2016-00042-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN CUARTA, de 4 de Octubre de 2018

Fecha04 Octubre 2018
EmisorSECCIÓN CUARTA

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA

C onsejero ponente: JORGE OCTAVIO RAMÍREZ RAMÍREZ

Bogotá D.C., cuatro (4) de octubre de dos mil dieciocho (2018)

Radicación número: 11001 - 03 - 27 -000-2016-00042-00(22575)

Actor: GENSA GESTIÓN ENERGÉTICA SA ESP

Demandado: SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS - SSPD

AUTO

Se resuelve sobre la acumulación del proceso de la referencia, al que cursa en este Despacho, identificado con el número de radicado 110010327000-2016-00016-00 (22394).

ANTECEDENTES

La sociedad Gas Natural SA ESP presentó demanda de simple nulidad en contra de las resoluciones nros. 20151300019495 de 15 de julio de 2015, 20161300032675 de 22 de agosto de 2016 y 20171300096075 de 20 de junio de 2017, expedidas por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, por las que se fijó la contribución especial a la que se encuentran sujetos los prestadores de servicios públicos domiciliarios para los años 2015, 2016 y 2017, se establece la base de liquidación, el procedimiento para el recaudo y se dictan otras disposiciones, respectivamente.

Este proceso, identificado con el nro. 110010327000-2016-00016-00 (22394), le correspondió por reparto a este Despacho, que mediante auto de 29 de marzo de 2016, admitió la demanda. Decisión que se notificó por estado el 21 de abril de 2016 y de manera personal el 10 de mayo del mismo año.

La sociedad GENSA GESTIÓN ENERGÉTICA SA ESP, por medio de apoderada, presentó demanda con las siguientes pretensiones:

De nulidadde la resolución nro. 20151300019495 de 15 de julio de 2015, proferida por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios por la que se fijó la contribución especial a la que se encuentran sujetos los prestadores de servicios públicos domiciliarios para el año 2015, se establece la base de liquidación, el procedimiento para el recaudo y se dictan otras disposiciones.

De nulidad y restablecimiento del derecho de las siguientes resoluciones: (i) liquidación oficial de revisión nro. SSPD 20155340029086 de 30 de julio de 2015, (ii) resolución recurso de reposición nro. SSPD 20155300036695 de 25 de septiembre de 2015 y (iii) resolución recurso de apelación nro. SSPD 20155000049435 de 30 de octubre de 2015.

Esta demanda se inadmitió el 21 de julio de 2016 y, mediante auto de 14 de diciembre de 2016, la Magistrada Sustanciadora del proceso resolvió (i) admitir la demanda de nulidad contra la resolución nro. 20151300019495 de 15 de julio de 2015 y (ii) rechazar, por extemporáneas, las pretensiones de nulidad y restablecimiento del derecho contra los actos administrativos de contenido particular. Decisión que se confirmó el 25 de octubre de 2017, con la providencia que decidió el recurso de súplica interpuesto por la parte actora.

Con el auto de 11 de mayo de 2018, se ordenó la remisión del proceso de la referencia a este Despacho, con el fin de que determine...

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