Auto nº 08001-23-33-000-2014-01045-02 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 10 de Julio de 2019 (caso AUTO nº 08001-23-33-000-2014-01045-02 de Consejo de Estado (SECCION TERCERA) del 10-07-2019) - Jurisprudencia - VLEX 801426869

Auto nº 08001-23-33-000-2014-01045-02 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 10 de Julio de 2019 (caso AUTO nº 08001-23-33-000-2014-01045-02 de Consejo de Estado (SECCION TERCERA) del 10-07-2019)

Sentido del falloNIEGA
EmisorSECCIÓN TERCERA
Fecha10 Julio 2019
Número de expediente08001-23-33-000-2014-01045-02
Normativa aplicadaLEY 1437 DE 2011 - ARTÍCULO 247

MEDIO DE CONTROL DE REPARACIÓN DIRECTA / INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN / SUSTENTACIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN / EXTEMPORANEIDAD DEL RECURSO DE APELACIÓN

De conformidad con el artículo 247 del C.P.A.C.A., el recurso debe interponerse y sustentarse ante quien profirió la providencia dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de manera que el despacho rechazará la apelación por extemporánea.

FUENTE FORMAL: LEY 1437 DE 2011 - ARTÍCULO 247

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN B

Consejero ponente: M.B.M.

Bogotá, D.C., diez (10) de julio de dos mil diecinueve (2019)

Radicación número: 08001-23-33-000-2014-01045-02(62409)

Actor: ZOILA FRANCO DE OJEDA Y OTROS

Demandado: DEPARTAMENTO DE ATLÁNTICO Y OTROS

Referencia: MEDIO DE CONTROL DE REPARACIÓN DIRECTA - LEY 1437 DE 2011

AUTO

El 21 de junio del 2019, mediante memorial visible a folios 657 a 700 del cuaderno principal, el apoderado de la parte actora presenta recurso de apelación contra la sentencia del 15 de mayo de 2018, notificada mediante correo electrónico el 8 de agosto de 2019. De conformidad con el artículo 247 del C.P.A.C.A., el recurso debe interponerse y sustentarse ante quien profirió la providencia dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de manera que el despacho rechazará la apelación por extemporánea.

En consecuencia, el despacho

RESUELVE:

PRIMERO: RECHAZAR el recurso de apelación presentado por la parte actora el 21 de junio de 2019 visible a folios 657 a 700 del cuaderno principal.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

M.B.M.

Magistrado

AMGG/3C

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR