Auto nº 70001-23-31-000-2009-00095-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 12 de Agosto de 2019 (caso AUTO nº 70001-23-31-000-2009-00095-01 de Consejo de Estado (SECCION TERCERA) del 12-08-2019)
Sentido del fallo | NO APLICA |
Emisor | SECCIÓN TERCERA |
Fecha | 12 Agosto 2019 |
Número de expediente | 70001-23-31-000-2009-00095-01 |
Normativa aplicada | CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - ARTÍCULO 169 |
ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA / NECESIDAD DE LA PRUEBA DE OFICIO / APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE NECESIDAD DE LA PRUEBA / AUTO QUE DECRETA PRUEBAS / AUTO QUE DECRETA PRUEBAS DE OFICIO
[C]onsidera la Sala necesario tener claridad sobre determinados aspectos que inciden directamente en la decisión a tomar. En consecuencia, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 169 del Código Contencioso Administrativo, según el cual el juez decretará de oficio las pruebas que considere necesarias para el esclarecimiento de la verdad.
FUENTE FORMAL: CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - ARTÍCULO 169
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN A
Consejero ponente: CARLOS ALBERTO ZAMBRANO BARRERA
Bogotá D.C., doce (12) de agosto de dos mil diecinueve (2019).
Radicación número: 70001-23-31-000-2009-00095-01(46639)
Actor: LUCIO TORRES MÁRQUEZ Y OTROS
Demandado: NACIÓN - RAMA JUDICIAL - FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Referencia: ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA (AUTO)
Previo a resolver el recurso de apelación interpuesto por los demandantes contra la sentencia del 19 de diciembre de 2012, proferida por el Tribunal Administrativo de Sucre, considera la Sala necesario tener claridad sobre determinados aspectos que inciden directamente en la decisión a tomar.
En consecuencia, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 169 del Código Contencioso Administrativo, según el cual el juez decretará de oficio las pruebas que considere necesarias para el esclarecimiento de la verdad, se ordena oficiar al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Sincelejo (Sucre), para que certifique cuándo quedó ejecutoriada la sentencia...
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