Sentencia nº 68001-23-33-000-2019-00434-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 23 de Septiembre de 2019 (caso SENTENCIA nº 68001-23-33-000-2019-00434-01 de Consejo de Estado (SECCION TERCERA) del 23-09-2019) - Jurisprudencia - VLEX 825736729

Sentencia nº 68001-23-33-000-2019-00434-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN TERCERA, de 23 de Septiembre de 2019 (caso SENTENCIA nº 68001-23-33-000-2019-00434-01 de Consejo de Estado (SECCION TERCERA) del 23-09-2019)

Sentido del falloNO APLICA
EmisorSECCIÓN TERCERA
Fecha23 Septiembre 2019
Número de expediente68001-23-33-000-2019-00434-01
Normativa aplicadaCONSTITUCIÓN POLÍTICA - ARTÍCULO 86 / LEY ESTATUTARIA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - ARTÍCULO 43 / DECRETO 2591 DE 1991 - ARTÍCULO 14 / DECRETO 2591 DE 1991 - ARTÍCULO 26 / DECRETO 2591 DE 1991 - ARTÍCULO 32 / DECRETO 2591 DE 1991 - ARTÍCULO 37

ACCIÓN DE TUTELA / CARENCIA ACTUAL DE OBJETO DE LA ACCIÓN DE TUTELA POR HECHO SUPERADO


La Registraduría Nacional del Estado Civil certificó que el comité inscriptor del grupo significativo “Activista” presentó, el 24 de julio de 2019, desistimiento para participar con su nombre en las listas de aspirantes al Concejo de B. en las elecciones de autoridades locales periodo institucional 2020-2023. (...) Como se configuró un hecho superado, pues los solicitantes desistieron del registro del grupo y retiraron la lista al Concejo de B. para las elecciones del 27 de octubre de 2019, se revocará el fallo de tutela de primera instancia que accedió al amparo y, en su lugar, se declarará la cesación de la actuación por carencia actual de objeto de la tutela.


FUENTE FORMAL: CONSTITUCIÓN POLÍTICA - ARTÍCULO 86 / LEY ESTATUTARIA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - ARTÍCULO 43 / DECRETO 2591 DE 1991 - ARTÍCULO 14 / DECRETO 2591 DE 1991 - ARTÍCULO 26 / DECRETO 2591 DE 1991 - ARTÍCULO 32 / DECRETO 2591 DE 1991 - ARTÍCULO 37


NOTA DE RELATORÍA: Con aclaración de voto del Consejero Jaime Enrique Rodríguez Navas sin medio magnético a la fecha 23/10/2019.



CONSEJO DE ESTADO


SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


SECCIÓN TERCERA


SUBSECCIÓN C


Consejero ponente: GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE


Bogotá, D.C., veintitrés (23) de septiembre de dos mil diecinueve (2019)


Radicación número: 68001-23-33-000-2019-00434-01(AC)


Actor: F.P.R.M. Y OTRO


Demandado: REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Y OTROS




Referencia: ACCIÓN DE TUTELA




TUTELA-Requisitos de la solicitud. CESACIÓN DE LA TUTELA-El juez cesa la actuación cuando en el trascurso del trámite se dicta una resolución administrativa o judicial que finaliza la vulneración. TUTELA-Carece de objeto por hecho superado cuando se satisface lo solicitado sin que medie la orden del juez.




La Sala decide la impugnación interpuesta por La Previsora S.A. Compañía de Seguros contra el fallo del 9 de julio de 2019, proferido por Tribunal Administrativo de Santander, que accedió al amparo.


SÍNTESIS DEL CASO


Se solicita el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso y a la participación política vulnerados por el Consejo Nacional Electoral, la Registraduría Nacional del Estado Civil, la Compañía de Seguros La Previsora S.A. y Seguros Guía, al no expedir la póliza de seriedad al grupo significativo de ciudadanos denominado “Activista”, para la inscripción de una lista al concejo...

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