Auto nº 11001-03-24-000-2003-00449-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 28 de Enero de 2020
Sentido del fallo | ACCEDE |
Normativa aplicada | CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO – ARTÍCULO 314 / CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO – ARTÍCULO 315 / CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO – ARTÍCULO 316 |
Fecha | 28 Enero 2020 |
Número de expediente | 11001-03-24-000-2003-00449-01 |
Emisor | SECCIÓN PRIMERA |
PROPIEDAD INDUSTRIAL – Patentes / DESISTIMIENTO DE LAS PRETENSIONES DE LA
DEMANDA – Requisitos para su procedencia / DESISTIMIENTO DE LAS
PRETENSIONES DE LA DEMANDA – Efectos / DESISTIMIENTO DE LAS PRETENSIONES DE
LA DEMANDA – Quienes no pueden desistir / SOLICITUD DE DESISTIMIENTO DE LAS
PRETENSIONES DE LA DEMANDA – Procede porque no se ha proferido sentencia
que ponga fin al proceso / CONDENA EN COSTAS – Excepciones / CONDENA EN
COSTAS – Se niega porque la parte demandada no se opuso al desistimiento
del medio de control
[E]n el caso sub examine, se observa que: i) el apoderado de Boehringer
Ingelheim Pharmaceuticals INC presentó solicitud de desistimiento de las
pretensiones de la demanda, ii) en el proceso de la referencia no se ha
pronunciado sentencia que ponga fin al proceso; iii) el desistimiento es
incondicional, en tanto que la parte demandante no hizo salvedad alguna; y
iv) el apoderado de cuenta con la facultad para desistir, según el poder
que fue allegado. Por lo tanto, este Despacho considera que se cumplen los
presupuestos descritos en el artículo 314 y siguientes de la Ley 1564 y
aceptará el desistimiento de las pretensiones de la demanda de nulidad y
restablecimiento de derecho presentada por Boehringer Ingelheim
Pharmaceuticals INC., contra la Superintendencia de Industria y Comercio y
se abstendrá de condenarla en costas, debido a que la Superintendencia de
Industria y Comercio no se opuso al desistimiento de la acción de la
referencia, dentro del término del auto proferido el 4 de diciembre de
2017.
FUENTE FORMAL: CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO – ARTÍCULO 314 / CÓDIGO GENERAL
DEL PROCESO – ARTÍCULO 315 / CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO – ARTÍCULO 316
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
Consejero ponente: HERNANDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ
Bogotá, D.C., veintiocho (28) de enero de dos mil veinte (2020)
Radicación número: 11001-03-24-000-2003-00449-01
Actor: BOEHRINGER INGELHEIM PHARMACEUTICALS INC
Demandado: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO – SIC
Referencia: Acción de nulidad y restablecimiento del derecho
Asunto: Resuelve sobre el solicitud de desistimiento de las pretensiones de
la demanda
AUTO INTERLOCUTORIO
Este Despacho procede a resolver sobre la solicitud de desistimiento de las
pretensiones de la demanda.
Boehringer Ingelheim Pharmaceuticals INC. presentó demanda contra la
Superintendencia de Industria y Comercio en ejercicio de la acción de
nulidad y restablecimiento del derecho[1], para que se declare la nulidad
de la Resolución núm. 40539 de 19 de diciembre de 2002, "por medio de la
cual se niega una patente de invención", expedida por el Superintendente de
Industria y Comercio de la Superintendencia de Industria y Comercio, y la
Resolución núm. 9761 de 14 de abril de 2003, "por la cual se resuelve un
recurso", expedida por la Superintendente Delegado para la Propiedad
Industrial.
A título de restablecimiento del derecho, solicitó que se ordene a la
Superintendencia de Industria y Comercio otorgar el título de la patente de
invención titulada "SUSPENSIÓN FARMACÉUTICA QUE COMPRENDE HEMIHIDRATO DE
NEVIRAPINA".
El Despacho Sustanciador, mediante auto proferido el 23 de enero de
2004[2], admitió la demanda y ordenó las respectivas notificaciones al
Superintendente de Industria y Comercio y al Ministerio...
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