Auto nº 11001-03-24-000-2018-00062-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 23 de Enero de 2020
Sentido del fallo | ACCEDE |
Normativa aplicada | LEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 173 |
Emisor | SECCIÓN PRIMERA |
Número de expediente | 11001-03-24-000-2018-00062-00 |
Fecha | 23 Enero 2020 |
REFORMA DE LA DEMANDA – Reglas para su procedencia / ADMISIÓN DE LA REFORMA
DE LA DEMANDA – Procede por reunir los requisitos
[E]l artículo 173 de la Ley 1437 de 18 de enero de 2011, sobre reforma de
la demanda, que dispone que el demandante podrá adicionar, aclarar, o
modificar la demanda, por una sola vez, conforme a las siguientes reglas:
i) que se proponga hasta el vencimiento de los 10 días siguientes al
traslado de la demanda; ii) podrá referirse a las partes, pretensiones,
hechos en que se fundamenta o a las pruebas y iii) no podrá sustituirse la
totalidad de las personas demandantes o demandados, ni todas las
pretensiones de la demanda. La parte demandante presentó escrito reformando
la demanda dentro del término de ley, comoquiera que el término establecido
en el artículo 172 de la Ley 1437 vencía el 5 de septiembre de 2018 y el
escrito de reforma de la demanda fue presentado el 23 de julio de 2018.
FUENTE FORMAL: LEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 173
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
Consejero ponente: HERNANDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ
Bogotá, D.C., veintitrés (23) de enero de dos mil veinte (2020)
Radicación número: 11001-03-24-000-2018-00062-00
Actor: VIAMET PHARMACEUTICALS, INC
Demandado: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO – SIC
Referencia: Medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho
Asunto: Resuelve sobre la admisión de la reforma de la demanda y un
reconocimiento de personería
AUTO INTERLOCUTORIO
Este Despacho procede a resolver sobre la admisión de la reforma de la
demanda presentada por Viamet Pharmaceuticals, Inc. contra la
Superintendencia de Industria y Comercio y el reconocimiento de personería
a la apoderada de la Superintendencia de Industria y Comercio.
-
Viamet Pharmaceuticals, Inc., mediante apoderada, presentó demanda
contra la Superintendencia de Industria y Comercio en ejercicio del medio
de control de nulidad y restablecimiento del derecho[1] para que se declare
la nulidad de las resoluciones núms. 42650 de 27 de junio de 2016, "por la
cual se deniega una patente de invención", y 58544 de 18 de septiembre de
2017, "por la cual se resuelve un recurso de reposición", expedidas por el
Superintendente de Industria y Comercio, mediante las cuales se negó el
título de la patente titulada "COMPUESTOS INHIBIDORES DE METALOENZIMAS".
-
A título de restablecimiento del derecho, solicita que se ordene a la
Superintendencia de Industria y Comercio otorgar el título de la patente.
-
El Despacho sustanciador, mediante auto proferido el 27 de abril de
2018[2], admitió la demanda.
-
La parte demandante presentó reforma de la demanda modificando el
...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba