Auto nº 05001-33-31-701-2013-00042-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN SEGUNDA, de 12 de Diciembre de 2019 (caso AUTO nº 05001-33-31-701-2013-00042-01 de Consejo de Estado (SECCION SEGUNDA) del 12-12-2019) - Jurisprudencia - VLEX 841380945

Auto nº 05001-33-31-701-2013-00042-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN SEGUNDA, de 12 de Diciembre de 2019 (caso AUTO nº 05001-33-31-701-2013-00042-01 de Consejo de Estado (SECCION SEGUNDA) del 12-12-2019)

Sentido del falloACCEDE
Normativa aplicadaCÓDIGO GENERAL DEL PROCESO -ARTÍCULO 141 NUMERAL 1
Fecha12 Diciembre 2019
EmisorSECCIÓN SEGUNDA
Número de expediente05001-33-31-701-2013-00042-01
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

IMPEDIMENTO POR INTERÉS DIRECTO EN EL PROCESO / PRIMA ESPECIAL DE SERVICIOS


Los Magistrados del Tribunal Administrativo de Antioquia, manifestaron encontrarse impedidos para conocer el proceso de referencia, fundamentados en el artículo 150 del Código de Procedimiento Civil (hoy artículo 141 de la Ley 1564 de 2012), donde se encuentra estipulado en el numeral 1º, el interés directo o indirecto dentro de un proceso por parte del funcionario judicial como causal de impedimento. Luego que, dentro de la referida acción, se presenta como objeto de debate el reconocimiento y pago de una prima especial de servicios contemplada en el artículo 14 de la Ley 4ª de 1992 aplicable a los Magistrados de todo orden de los Tribunales Superiores del Distrito Judicial, entre otros. Así pues, toda decisión podría afectar el principio de imparcialidad bajo el cual se rige la correcta administración de justicia. En ese sentido, observa la Sala que la causal y los argumentos manifestados en el impedimento formulado por los Magistrados del Tribunal Administrativo de Antioquia, son razonables, pues en efecto les asiste un interés directo de índole económico en el resultado del proceso.


FUENTE FORMAL : CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO -ARTÍCULO 141 NUMERAL 1



CONSEJO DE ESTADO


SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


SECCIÓN SEGUNDA


Consejera ponente: SANDRA LISSET IBARRA VÉLEZ


Bogotá, D. C., doce (12) de diciembre de dos mil diecinueve (2019).


Radicación número: 05001-33-31-701-2013-00042-01(6273-19)


Actor: ORLANDO E.P.B.


Demandado: FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN



Trámite: Nulidad y restablecimiento del derecho (Ley 1437-2011)


Tema: Prima especial de servicios.


Actuación: Aceptación de impedimento.


Conoce la Sala el expediente de la referencia, para resolver la manifestación de impedimento formulada por los Magistrados del Tribunal Administrativo de Antioquia con fundamento en las razones que a continuación se describen.


El señor Orlando Ernesto Penagos Betancur, mediante apoderado judicial, presentó demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, con el fin de obtener la nulidad del Acto Administrativo DAF 007086 del 06 de diciembre de 2011, suscrito por la Dirección Seccional Administrativa y Financiera Seccional de Medellín, de la Fiscalía General de la Nación; además, que se declare la Nulidad de la Resolución No. 2-1832 del 05 de junio de 2012, suscrita por la Secretaría General, Fiscalía General de la...

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