L - 12 de Agosto de 2020 - El Tiempo - Noticias - VLEX 847207714

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‘Salida del rey emérito de España tiene un carácter punitivo de cara a la opinión pública’JUANITA SAMPER OSPINA - CORRESPONSAL DE EL TIEMPO - MADRIDLa salida de España del rey emérito Juan Carlos I abre paso a interrogantes sobre su condición jurídica, la situación de la monarquía, el papel del independentismo, la actuación del presidente y las relaciones con sus socios de gobierno, entre otros. Teresa Martínez Díaz, profesora de Constitución de la Universidad Nebrija de España, habló con EL TIEMPO sobre la situación actual. ¿Cuáles pueden ser las consecuencias jurídicas de las investigaciones al rey Juan Carlos I? A día de hoy no existe ninguna causa penal abierta contra él; ni siquiera tiene la condición de investigado, razón por la cual el Tribunal Supremo ha rechazado adoptar medidas cautelares en su contra ante la solicitud de la organización independentista catalana Òmnium Cultural. Hay solo unas diligencias de investigación seguidas en la Fiscalía del Tribunal Supremo español y en la Fiscalía suiza, que continúan su trámite ordinario y que ya veremos si terminan o no convertidas en querella contra él. Por otra parte, la inviolabilidad del monarca lo exime de responder ante la Justicia por los actos cometidos hasta el 19 de junio de 2014, fecha en la que abdicó. Todos los hechos cometidos antes de ese día y que no estén prescritos penalmente estarían amparados por el estatus de inmunidad especial. Con la abdicación, perdió esa inmunidad absoluta y sus actos sí estarían sometidos al control jurisdiccional, como cualquier otro ciudadano. De tales actos podrían derivar responsabilidades fiscales o de otra naturaleza. Después de renunciar al trono, no debería existir impedimento legal alguno para investigar (y, llegado el caso, juzgar y condenar) a don Juan Carlos por hechos cometidos después de su abdicación. El problema estriba en que algunos de ellos, aun habiendo sido realizados en la etapa posterior a su reinado, traen causa de hechos cometidos cuando ostentaba la jefatura del Estado y esta circunstancia supone una dificultad añadida. No está claro es si esa inviolabilidad se mantendría fuera de nuestras fronteras, pues la práctica internacional es que los jefes de Estado que ya no están en activo no gozan de ningún tipo de protección jurisdiccional cuando se encuentran fuera de su propio país. La inmunidad ha sido objeto de discusión desde que comenzaron las investigaciones sobre Juan Carlos I. ¿Cuál es su posición al respecto? Los...

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