Circular 025 de Superintendencia Financiera, de 26 de Octubre de 2021 - Normativa - VLEX 878007047

Circular 025 de Superintendencia Financiera, de 26 de Octubre de 2021

CIRCULAR EXTERNA 025 DE 2021

( Octubre 25 )

Señores

REPRESENTANTES LEGALES DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE CRÉDITO, BANCOLDEX, FINDETER Y FINAGRO

Referencia: Modificación al régimen de transición del ponderador aplicable a los depósitos de entidades financieras y fondos de inversión colectiva abiertos sin pacto de permanencia para el cálculo del Coeficiente de Fondeo Estable Neto y ajuste al porcentaje mínimo exigible en caso de incumplimiento

Apreciados señores:

Como parte del proceso de convergencia hacia estándares internacionales y mejores prácticas en la gestión de riesgos, la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) expidió la Circular Externa 019 de 2019, mediante la cual introdujo el indicador denominado Coeficiente de Fondeo Estable Neto (CFEN) y definió el cronograma de implementación de dicho estándar por parte de las entidades vigiladas, el cual ha venido cumpliéndose en los términos previstos.

No obstante lo anterior y con el fin de continuar generando condiciones que faciliten los procesos de reactivación económica de manera sostenible, en particular, aquellos asociados con la profundización crediticia, esta Superintendencia considera adecuado mantener hasta el 31 de marzo de 2023 el ponderador de 25% para el fondeo estable disponible (FED) en los depósitos a la vista y a plazo (menor a 6 meses) de las entidades financieras y para los fondos de inversión colectiva abiertos sin pacto de permanencia, sin que esto afecte el cronograma de convergencia y cumplimiento del mínimo regulatorio del CFEN en los términos establecidos en la Circular Externa 019 de 2019.

Adicionalmente y para los mismos fines, se ajusta el porcentaje mínimo exigible en caso de incumplimiento del CFEN.

En virtud de lo anterior, esta Entidad en ejercicio de sus facultades legales, en especial, las conferidas en el literal a) del numeral 3 del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y en los numerales 4 y 5 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, imparte las siguientes instrucciones:

PRIMERA: Modificar el subnumeral 2.1.1 del anexo 4 del Capítulo VI de la Circular Básica Contable y Financiera (en adelante CBCF).

SEGUNDA: Modificar la instrucción octava de la Circular Externa...

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