Concepto 2021096909-003 de Superintendencia Financiera, de 8 de Julio de 2021 - Normativa - VLEX 878010124

Concepto 2021096909-003 de Superintendencia Financiera, de 8 de Julio de 2021

SEGURO, PAGO DE INDEMNIZACIÓN, ACCIÓN SUBROGATORIA, LÍMITE DE LA PRETENSIÓN

Concepto 2021096909-003 del 8 de julio de 2021

Síntesis: El valor o el importe de la indemnización efectivamente pagada por el asegurador al asegurado determina el límite máximo de la pretensión de la acción subrogatoria que esta puede ejercer en contra del causante del daño. En ese importe no se incluyen, en ningún caso, los intereses moratorios que hayan sido reconocidos al asegurado en los términos previstos en la ley.

(…) consulta acerca de “los INTERESES que una empresa aseguradora puede cobrar por mora en el pago de arrendamiento”.

I. Anotación preliminar:

(…) es importante advertir que la SFC vigila a las entidades aseguradoras , cuyo listado podrá consultar en nuestra página de internet www.superfinanciera.gov.co (Inicio > Industrias Supervisadas > Industria aseguradora > Lista de Entidades). Así, la SFC no vigila, ni tiene competencia para pronunciarse respecto de la conducta de otras entidades que se dedican a “afianzar” contratos de arrendamiento, comúnmente conocidas como “afianzadoras” .

II. Atención de su consulta:

Entendemos que su consulta se refiere al cobro de intereses que hace una aseguradora a un arrendatario incumplido en ejercicio de la acción de subrogación prevista en los siguientes términos en el artículo 1096 del Código de Comercio:

“El asegurador que pague una indemnización se subrogará, por ministerio de la ley y hasta concurrencia de su importe, en los derechos del asegurado contra las personas responsables del siniestro. Pero éstas podrán oponer al asegurador las mismas excepciones que pudieren hacer valer contra el damnificado” (se subraya).

Como puede apreciarse, a través del ejercicio de esta acción legal de subrogación, el asegurador que ha pagado la indemnización al asegurado (i.e. el arrendador), reclama al causante del siniestro (i.e. el arrendatario incumplido) el valor de la pérdida asegurada hasta el importe efectivamente indemnizado, que en el caso de los contratos de arrendamiento, puede corresponder, por ejemplo, a: (a) los cánones de arrendamiento dejados de pagar al arrendador; (b) las cuotas de administración cuyo pago incumplió el arrendatario; y, aunque es poco frecuente por estar contemplado generalmente como una exclusión, y (c) el monto de la cláusula penal pecuniaria indemnizatoria.

A la luz del precitado artículo 1096 del Código de Comercio, se tiene que es precisamente el valor o el importe de la indemnización...

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