Texto definitivo aprobado en sesión plenaria del Senado de la República del día 28 de septiembre de 2022 al proyecto de ley número 371 de 2022 Senado - 043 de 2021 Cámara acumulado con el proyecto de ley número 141 de 2021 Cámara, por medio de la cual se dictan disposiciones para el Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín y se dictan otras disposiciones - 5 de Octubre de 2022 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 912677718

Texto definitivo aprobado en sesión plenaria del Senado de la República del día 28 de septiembre de 2022 al proyecto de ley número 371 de 2022 Senado - 043 de 2021 Cámara acumulado con el proyecto de ley número 141 de 2021 Cámara, por medio de la cual se dictan disposiciones para el Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación05 Octubre 2022
Número de Gaceta1202
G 1202 Miércoles, 5 de octubre de 2022 Página 19
Naciones Unidas sobre los Derechos de los Campesinos y de otras personas que trabajan en las zonas
rurales, la cual hace parte del bloque de constitucionalidad.
Parágrafo. Una ley reglamentará y desarrollará la forma como se garantizará la protección especial
del campesinado. La ley reglamentará entre otras cosas, el derecho de los campesinos a retirarse de
cualquier colectividad, conservando el porcentaje de tierra que le corresponda.
ARTÍCULO 2. VIGENCIA. El presente acto legislativo rige a partir de su promulgación.
EN LOS ANTERIORES TERMINOS FUE APROBADO EL PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO N°
19 DE 2022 SENADO “POR MEDIO DEL CUAL SE RECONOCE AL CAMPESINADO COMO
SUJETO DE DERECHOS, SE RECONOCE EL DERECHO A LA TIERRA Y A LA TERRITORIALIDAD
CAMPESINA, SE ADOPTAN DISPOSICIONES SOBRE LA CONSULTA POPULAR Y SE INTEGRA
EL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD EL TEXTO DE LA DECLARACIÓN DE LAS NACIONES
UNIDAS SOBRE LOS DERECHOS DE LOS CAMPESINOS Y DE OTRAS PERSONAS QUE
TRABAJAN EN LAS ZONAS RURALES”, COMO CONSTA EN LA SESION DEL DIA 27 DE
SEPTIEMBRE DE 2022, ACTA N° 15.
PONENTE:
ALEXANDER LOPEZ MAYA
H. Senador de la República
Presidente,
S. FABIO AMIN SALEME
Secretaria General,
YURY LINETH SIERRA TORRES
TEXTO DEFINITIVO
TEXTO DEFINITIVO APROBADO EN SESIÓN PLENARIA DEL SENADO DE LA
REPÚBLICA DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DE 2022 AL PROYECTO DE LEY NÚMERO
371 DE 2022 SENADO – 043 DE 2021 CÁMARA ACUMULADO CON EL PROYECTO DE
LEY NÚMERO 141 DE 2021 CÁMARA
por medio de la cual se dictan disposiciones para el Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de
Medellín y se dictan otras disposiciones.
SECCIÓN DE LEYES
AQUÍ VIVE LA DEMOCRACIA
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TEXTO DEFINITIVO APROBADO EN SESIÓN PLENARIA DEL SENADO DE LA
REPÚBLICA DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DE 2022 AL PROYECTO DE LEY
No.371 DE 2022 SENADO 043 DE 2021 CÁMARA ACUMULADO CON EL PL
141 DE 2021 CÁMARA POR MEDIO DE LA CUAL SE DICTAN
DISPOSICIONES PARA EL DISTRITO ESPECIAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA
E INNOVACIÓN DE MEDELLÍN Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”.
EL CONGRESO DE LA
REPÚBLICA DECRETA:
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por objeto dotar al Distrito Especial de
Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín de las competencias, facultades,
instrumentos y recursos legales para establecer su régimen político, administrativo y
fiscal, y promover su desarrollo integral.
Artículo 2°. Medellín, Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación.
De conformidad con lo dispuesto en el Acto Legislativo No. 01de 2021 y los artículos
328 y 356 de la Constitución Política, la ciudad de Medellín, Capital del Departamento
de Antioquia, se organiza como Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e
Innovación y goza de autonomía para la gestión de sus intereses en materia fiscal,
financiera, político- administrativa y territorial, dentro de los límites de la Constitución
y la presente ley.
TÍTULO I
Régimen aplicable y organización político-administrativa del Distrito
Artículo 3°. Régimen aplicable. El Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e
Innovación de Medellín será una entidad territorial con autonomía, sujeta al régimen
político, administrativo y fiscal que establece expresamente la Constitución, la
presente ley, y las leyes especiales que para su organización y funcionamiento se

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