Texto definitivo plenaria Cámara al Proyecto de ley número 287 de 2022 Cámara, por medio de la cual se conmemora el centésimo décimo séptimo (117) aniversario de fundación del municipio de Montelíbano, en el departamento de Córdoba; se le declara como la capital Niquelera de América y se dictan otras disposiciones - 27 de Febrero de 2023 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 926912774

Texto definitivo plenaria Cámara al Proyecto de ley número 287 de 2022 Cámara, por medio de la cual se conmemora el centésimo décimo séptimo (117) aniversario de fundación del municipio de Montelíbano, en el departamento de Córdoba; se le declara como la capital Niquelera de América y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación27 Febrero 2023
Número de Gaceta94
Página 4 Lunes, 27 de febrero de 2023 G 94
Lo anterior, según consta en Acta de Sesión
Plenaria Ordinaria número 040 de diciembre 14 de
2022, previo su anuncio en Sesión Plenaria del 13 de
diciembre de 2022, correspondiente al Acta número
039.
* * *
TEXTO DEFINITIVO PLENARIA CÁMARA
AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 196 DE
2022 CÁMARA
por medio de la cual la nación y el Congreso de
la República rinden público homenaje al municipio
de Salento en el departamento del Quindío, por su
centésimo octogésimo aniversario de fundación, se
declara cuna de la palma de cera, y se dictan otras
disposiciones”.
El Congreso de Colombia,
DECRETA:
Artículo 1°. Objeto de la ley. La Nación colombiana
y el Congreso de la República rinden público homenaje
y se asocian a la celebración del centésimo octogésimo
aniversario de la fundación del Municipio de Salento
en el Departamento del Quindío.
Artículo 2°. Reconocimiento ambiental.
Declárese al Municipio de Salento del Departamento
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llamada Ceroxylom Quindiuense, y así, patrimonio
natural, en concordancia con la Ley 61 de 1985 y las
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Artículo 3°. El Gobierno nacional podrá, de
acuerdo con los artículos 288, 334, 341 y 345 de
la Constitución Política y de las competencias
establecidas en la Ley 715 de 2001, asignar en el
Presupuesto General de la Nación las partidas
presupuestales para desarrollar obras públicas en
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Artículo 4°. Facultades. Las autorizaciones de
gastos otorgadas al Gobierno nacional en virtud de
esta ley, se incorporarán en el Presupuesto General
de la Nación, de acuerdo con las normas orgánicas
en materia presupuestal, en primer lugar, reasignando
los recursos hoy existentes en cada órgano ejecutor,
sin que ello implique un aumento del presupuesto, y,
en segundo lugar, de acuerdo con las disponibilidades
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Artículo Nuevo. Para dar cumplimiento a lo
dispuesto en la presente ley, podrán celebrarse
convenios interadministrativos, entre la Nación, el
Municipio de Salento y/o el Departamento de Quindío.
Artículo Nuevo. En el ámbito de sus
competencias, las entidades del Gobierno nacional
encargadas de proteger y promover el patrimonio
cultural y social, concurrirán para la promoción,
protección, conservación, restauración y desarrollo
de todas aquellas actividades que enaltezcan al
Municipio de Salento del Departamento del Quindío.
Artículo 5°. Vigencia. La presente ley rige a
partir de su sanción y publicación en el Diario
Ocial y deroga todas las disposiciones que le sean
contrarias.
SECRETARÍA GENERAL
Bogotá, D. C., diciembre 12 de 2022
En Sesión Plenaria del 06 de diciembre de 2022,
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de 2022 Cámara, por medio de la cual la nación y el
Congreso de la República rinden público homenaje
al municipio de Salento en el departamento del
Quindío, por su centésimo octogésimo aniversario
de fundación, se declara cuna de la palma de cera,
y se dictan otras disposiciones.    
que el citado Proyecto de ley siga su curso legal y
reglamentario, y de esta manera, dar cumplimiento a
lo establecido en el artículo 182 de la Ley 5ª de 1992.
Lo anterior, según consta en Acta de Sesión
Plenaria Ordinaria número 037 de diciembre 06 de
2022, previo su anuncio en Sesión Plenaria del 5 de
diciembre de 2022, correspondiente al Acta número
036.
* * *
TEXTO DEFINITIVO PLENARIA CÁMARA
AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 287 DE
2022 CÁMARA
por medio de la cual se conmemora el centésimo
décimo séptimo (117) aniversario de fundación del
municipio de Montelíbano, en el departamento de
Córdoba; se le declara como la capital Niquelera de
América y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia,
DECRETA:
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene como
objeto distinguir, exaltar y rendir homenaje al

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