Abolición de la medida de aseguramiento - Lo humano de la abogacía y de la justicia - Libros y Revistas - VLEX 940529838

Abolición de la medida de aseguramiento

AutorHoracio Gómez Aristizábal
Páginas121-128
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Capítulo XIV
Abolición de la medida
de aseguramiento
1. URGE ELIMINAR EL AUTO DE PRIVACIÓN DE
LA LIBERTAD
La privación de la libertad por poco tiempo, la captura, el
arresto, la detención cautelar al menos, mientras carezcamos
de establecimientos reformatorios adecuados son, desde
todo punto de vista, absolutamente contraproducentes. El
forzoso trato y contacto con los más perversos y temibles
criminales, corrompe a los hombres relativamente honestos,
y empeora a los dudosos y vacilantes.
Las cárceles y los sitios de reclusión, constituyen una
especie de clubes de delincuentes. Allí es donde se reúnen,
cambian ideas, recíprocamente se depravan, aprenden
sus engaños y escapatorias, proyectan sus golpes para
cuando se encuentren en libertad. A la prisión va el autor
de la infracción culposa, el que delinque por desesperación
o destino ineluctable, y también el que protagoniza la
crueldad, el robo, y el asesinato como negocio opulento.
Las detenciones y penas breves lejos de corregir, ejercen así,
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