El aborto legal: un debate sin fin - 27 de Octubre de 2019 - El Tiempo - Noticias - VLEX 820666185

El aborto legal: un debate sin fin

Carlos F. Fernández y Ronny Suárez - unidad de Salud @SaludETEl aborto inducido o interrupción voluntaria del embarazo (IVE) es aquel provocado para eliminar un feto con o sin asistencia médica. Y si bien este procedimiento puede ser abordado desde distintas perspectivas, la Corte Constitucional lo acogió en Colombia como un tema de salud en el 2006, bajo la sentencia C-355, que lo despenalizó en tres situaciones: riesgo para la madre, malformación del feto incompatible con la vida y embarazo producto de abuso. Pero hoy, cuando en el papel está despenalizado en esas tres causales, en la práctica muchas de quienes solicitan la IVE sufren todo tipo de barreras de acceso. La Mesa para la Salud y la Vida de las Mujeres, de hecho, ha denunciado que ha recibido más de 1.200 denuncias de obstrucciones. Hay tanta dispersión conceptual, sostiene el jurista Miguel Ángel Fernández, que ante puntos como la edad gestacional, los riesgos maternos y fetales e incluso sobre competencias el alto tribunal ha tenido que emitir sentencias para amparar solicitudes específicas de algunas mujeres (T-171/07, T-988/07, T-209/08, T-946/08, T-009/2009, T-388/09, T-585/10, T-636/11 y T-841/11). Esto ocasionó, según Fernández, que cada fallo convirtiera la sentencia original en una especie de colcha de retazos que muchos, por conveniencia, terminaron por interpretar de acuerdo con su pensar. Y justamente por eso, en la sentencia de Unificación SU-096 del 2018, que amparó el derecho a abortar de una afiliada a la EPS Compensar en enero del 2018, la Corte Constitucional precisó el fundamento y el alcance de los derechos sexuales y reproductivos en el ordenamiento jurídico colombiano. En dicho fallo, el tribunal indicó que la estructura de estas garantías se edifica sobre dos dimensiones, la primera relacionada con la libertad, que supone la imposibilidad del Estado y la sociedad de "implantar restricciones injustificadas en contra de las determinaciones adoptadas por cada persona; y la segunda, prestacional, que implica la responsabilidad de adoptar medidas positivas para garantizar el goce efectivo de estos derechos". En conclusión, la Corte unificó todas las sentencias anteriores, aclaró términos, pero además, ante el vacío legislativo, conminó al Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud, para que en un plazo perentorio compilara todas las acciones sanitarias que permitieran, dentro del sistema de salud, garantizar este derecho para todas las solicitantes sin ningún...

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