El Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Acacías, Meta, hace saber que se declaró en interdicción deinitiva de Valentín Gutiérrez Mora - 4 de Abril de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 269637258

El Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Acacías, Meta, hace saber que se declaró en interdicción deinitiva de Valentín Gutiérrez Mora

Número de Boletín48032

Circuito de AcacUas, Meta, HACE SABER:

Que dentro del proceso de interdicciU³n bajo el radicado 50006 3184 001 2010 00102 00, siendo la demandante MarUa de las Mercedes JimU©nez de GutiU©rrez, instaurado por medio de apoderado judicial Rafael Vargas MU©ndez, interdicto ValentUn GutiU©rrez Mora, se dictU³ sentencia del catorce (14) de marzo de dos mil once (2011), que en su encabezamiento y parte resolutiva dice: Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de AcacUas, Meta, catorce (14) de marzo de dos mil once (2011)IOU RESUELVE:

Primero. Declarar en interdicciU³n deinitiva por discapacidad mental absoluta cuyo diagnU³stico corresponde a IOœDemenciaIOU, al seU±or ValentUn GutiU©rrez Mora, identiicado con cU©dula de ciudadanUa nUºmero 470784, nacido el dUa cinco (5) de diciembre de mil novecientos treinta y cuatro (1934), por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.

Segundo. Declarar que el seU±or ValentUn GutiU©rrez Mora no tiene la libre administraciU³n de sus bienes.

Tercero. Nombrar como guardadora deinitiva-legUtima del interdicto ValentUn GutiU©rrez Mora a la seU±ora MarUa de las Mercedes JimU©nez de GutiU©rrez, en su calidad de cU³nyuge, identiicada con la cU©dula de ciudadanUa nUºmero 21172850 de AcacUas, Meta, a quien se le discernirUE el cargo, darUE posesiU³n y administraciU³n de los bienes del interdicto, una vez presente el inventario solemne de bienes y sin constituir ianza dentro de los sesenta (60) dUas siguientes a la ejecutoria de la sentencia conforme lo establece la ley.

Cuarto. Inscribir esta sentencia en...

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