El Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Acacías (Meta), hace saber del proceso de interdicción de Valentín Gutiérrez Mora - 11 de Junio de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 208616379

El Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Acacías (Meta), hace saber del proceso de interdicción de Valentín Gutiérrez Mora

EmisorVarios
Número de Boletín47737

Circuito de La Mesa, Cundinamarca, INFORMA:

Que mediante Providencia fechada el veintidos (22) de abril de dos mil diez (2010), se declaro al señor Jose Alberto Gonzalez Manchola, nacido en Fontibon (Bogota) el dia diecisiete (17) de enero de mil novecientos setenta y dos (1972), en interdiccion provisora y designo a la señora Eulalia Manchola, identificada con la cedula ciudadania numero 26519337 de La Plata, como su Guardadora provisional quien asumira su representacion, la administracion de sus bienes, su cuidado personal y la satisfaccion de sus necesidades acorde con las limitaciones que presenta.

El presente aviso se expide para su publicacion en el Diario Oficial y en un diario de amplia circulacion nacional (El Tiempo o El Espacio).

La Secretaria, Gloria Elena Barragan Barragan. Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Banco Davivienda 1277289. 10-VI-2010. Valor $30.400.00.

El Juzgado Promiscuo de Familia Chiquinquira (Boyaca) PUBLICA:

El encabezamiento y parte resolutiva del auto que obra en el proceso de jurisdiccion voluntaria de interdiccion judicial y designacion de curador radicado numero 2010-0093 (4693): "Juzgado Promiscuo de Familia Chiquinquira. Nueve de abril de dos mil diez.

RESUELVE:

Decretar la interdiccion provisoria de la señora Maria Anadilia Rivera Rivera, identificada con cedula de ciudadania 23483436, nacida el siete de septiembre de 1943 en Tinjaca, de estado civil casada;

conforme al certificado medico anexado en la demanda.

Como consecuencia de la anterior declaracion, la señora Maria Anadilia Rivera Rivera esta incapacitada civilmente para administrar sus bienes.

por Inscribir la interdiccion provisoria en el registro civil. Asi mismo, notificar al publico por aviso, por lo menos una vez, en el Diario Oficial y en El Tiempo, tal decreto. Nombrar a la señora Elva Ines Rivera Rivera, portadora de la cedula de ciudadania numero 23497246, como curadora provisoria de la señora Maria Anadilia Rivera Rivera.

Notificar el nombramiento. Si acepta, dar posesion y discernir el cargo.

Notifiquese. (Fdo.) Bernardo Arturo Rodriguez Sanchez, Juez".

Para los efectos del articulo 659-7 del Estatuto Procesal Civil se fija la presente publicacion en lugar visible de la Secretaria del Juzgado y se expiden copias del mismo para sus publicaciones de rigor, en el Diario Oficial y en El Tiempo.

Chiquinquira, ocho de la mañana del diecinueve de abril de dos mil diez. El Secretario, Jose Edgar Daza Duarte.

El Juzgado Segundo de Familia...

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