Acuerdo número 87 de 2007, por el cual se acata lo dispuesto por el Consejo Superior de la Judicatura -Sala Jurisdiccional Disciplinaria-, en Sentencia proferida el 3 de octubre de 2007, dentro de la acción de Tutela instaurada por el señor Octavio Longas Sánchez. - 26 de Octubre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51606310

Acuerdo número 87 de 2007, por el cual se acata lo dispuesto por el Consejo Superior de la Judicatura -Sala Jurisdiccional Disciplinaria-, en Sentencia proferida el 3 de octubre de 2007, dentro de la acción de Tutela instaurada por el señor Octavio Longas Sánchez.

EmisorVarios
Número de Boletín46793

El Consejo Superior, en cumplimiento del articulo 131 de la Constitucion Politica, el Decreto-ley 960 de 1970, la Ley 588 de 2000, el Decreto 3454 de 2006 y en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el articulo 165 del Decreto 960 de 1970, y CONSIDERANDO:

Que el señor Octavio Longas Sanchez, interpuso accion de tutela ante el Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca -Sala Jurisdiccional Disciplinaria- frente a las decisiones del Consejo Superior que declararon su inadmision al concurso publico y abierto para el acceso a la carrera notarial;

Que dicha Corporacion Judicial, en providencia de tutela del 18 de julio, decidio negar la accion de tutela promovida;

Que el Consejo Superior de la Judicatura -Sala Jurisdiccional Disciplinaria- en sentencia proferida el 3 de octubre de 2007, notificada el 19 de octubre siguiente, al conocer de la impugnacion formulada por el accionante, revoco la sentencia y en su lugar tutelo el derecho al debido proceso y lo ordeno incluir en la lista de admitidos y citarlo al examen de conocimientos "la cual debera efectuarse dentro de los siguientes diez (10) dias habiles a la notificacion, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta providencia";

Por lo expuesto, RESUELVE:

Articulo 1º Cumplase la sentencia de tutela proferida por el Consejo Superior de la Judicatura -Sala Jurisdiccional Disciplinaria-

En consecuencia, incluyase al señor Octavio Longas Sanchez en la...

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