Acción de tutela contra laudo arbitral que imponía sanción por juramento estimatorio - Núm. 1590, Diciembre 2019 - Boletín Colegio de Abogados Comercialistas - Libros y Revistas - VLEX 830276057

Acción de tutela contra laudo arbitral que imponía sanción por juramento estimatorio

AutorLaura Carolina Hernández Martínez
Páginas13-14
13
Arbitraje
Acción de tutela contra laudo arbitral
que imponía sanción por juramento
estimatorio.
Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Tercera, M.P.:
Martín Bermudez Muñoz, 19 de
septiembre de 2019, radicación: 11001-03-
15-000-2019-01060-01. Demandante:
Schrader Camargo Ingenieros Asociados
S.A. Demandado: Tribunal de
Arbitramento de la Cámara de Comercio
de Bogotá.
Por: Laura Carolina Hernández Martínez
(Universidad del Rosario)
La Sección Tercera del Consejo de Estado
decidió la impugnación interpuesta por la
sociedad Schrader Camargo Ingenieros
Asociados S.A. contra la sentencia de
tutela proferida el 24 de mayo de 2019 por
la Sección Primera del Consejo de Estado
que negó la solicitud de amparo contra el
laudo arbitral del 28 de noviembre de
2018, corregido el 11 de diciembre del
mismo año, por un Tribunal de
Arbitramento de la Cámara de Comercio
de Bogotá.
Los hechos que dan lugar al proceso
arbitral primigenio de este conflicto se
resumen en la existencia de un contrato de
construcción global entre la accionante
SCIA (Schrader Camargo Ingenieros
Asociados S.A.) y REFICAR (Refinería de
Cartagena S.A.S.) con el objeto de hacer el
montaje e instalación de equipos
necesarios para la expansión de
REFICAR,SCIA demandó ante un
Tribunal de Arbitramento a Reficar
alegando retrasos e incumplimientos
durante la ejecución que habrían generado
sobrecostos y perjuicio.
De conformidad con el artículo 206 del
Código General del Proceso, la sociedad
SCIA solicitó“una suma no inferior a
COP$ 28.684.801.431, incluyendo
intereses e indexación hasta el 6 de
noviembre de 2015, fecha de la
presentación de la demanda”. Tal
solicitud fue acompañada porun dictamen
pericial realizado por la firma Hill
International y ratificado por la firma
HKA. REFICAR excepcionó y presentó
una demanda de reconvención contra
SCIA, estimando los perjuicios a cargo de
la convocante en la suma de
$9.355.416.835.
El Tribunal de Arbitramento de la Cámara
de Comercio de Bogotá resolvió que el
juramento estimatorio formulado por la
sociedad SCIA “excedió el (50%) de lo
que resultó probado en el plenario”, por
lo cual debía imponerse la sanción prevista
C.G.P correspondiente a $2.059.129.731,
la cual debe ser pagada a la Dirección
Ejecutiva de Administración Judicial del
Consejo Superior de la Judicatura o a
quien haga sus veces, dentro de los 30 días
siguientes a la ejecutoria del laudo arbitral.
El 11 de diciembre de 2018, el Tribunal
Arbitral negó las solicitudes de aclaración
y adición interpuestas por las partes y
corrigió el error aritméticode la sanción
impuesta.
La sociedad SCIA solicitó la protección de
sus derechos fundamentales al debido
proceso e igualdad, que en su criterio
fueron vulnerados por el laudo arbitral, por
medio de una tutela que fue resuelta y
negada por la Sección Primera del Consejo
de Estado el 24 de mayo de 2019.

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