Resolución número 003346 de 2013, por medio de la cual se aclara la Resolución número 2442 del 10 de septiembre de 2013, 'por la cual regulan aspectos relativos a los anticipos de la Financiación Estatal para las campañas electorales' - 3 de Diciembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 479733210

Resolución número 003346 de 2013, por medio de la cual se aclara la Resolución número 2442 del 10 de septiembre de 2013, 'por la cual regulan aspectos relativos a los anticipos de la Financiación Estatal para las campañas electorales'

EmisorVarios - Consejo Nacional Electoral
Número de Boletín48993

El Consejo Nacional Electoral, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales especialmente las establecidas en el artículo 109 y numerales 6 y 7 del artículo 265 de la

Constitución Política, el Título IV de la Ley 130 de 1994 y el Capítulo II de la Ley Estatutaria 1475 de 2011,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 2442 del 10 de septiembre de 2013, aprobada en sala plena, el Consejo Nacional Electoral reguló aspectos relativos a los anticipos de la Financiación Estatal para las campañas electorales.

Que por un error mecanográfico al momento de enumerar el articulado de la parte resolutiva del precitado acto administrativo, se repitió el artículo noveno, lo que repercutió en la numeración de los artículos subsiguientes.

Que por lo anteriormente planteado, existe la necesidad de aclarar la numeración del articulado de la Resolución 2442 del 10 de septiembre de 2013, en tal sentido el Artículo noveno. Informe de los Giros, pasará a ser el artículo décimo. Así mismo, el artículo décimo pasará a ser el artículo décimo primero y el artículo décimo primero pasará a ser el artículo décimo segundo.

En virtud de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Aclarar la numeración del articulado de la Resolución 2442 del 10 de septiembre de 2013, según lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, el cual quedará de la siguiente manera:

Artículo 10. Informe de los giros. La Registraduría Nacional del Estado Civil informará al Consejo Nacional Electoral los giros efectivamente realizados con la identificación precisa de los beneficiarios, a efectos de que esta Corporación pueda realizar las deducciones correspondientes dentro del trámite de reconocimiento y pago de la reposición, el mismo día o a más tardar el día siguiente en que se le giren los recursos al partido, movimiento o grupo...

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