Resolución número 058 de 2009, por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución de carácter general que pretende adoptar la para aclarar la definición de Mercado Relevante de Comercialización en las Zonas No Interconectadas y adicionar un parágrafo al artículo 29 de la Resolución CREG 091 de 2007. - 27 de Mayo de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 58062593

Resolución número 058 de 2009, por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución de carácter general que pretende adoptar la para aclarar la definición de Mercado Relevante de Comercialización en las Zonas No Interconectadas y adicionar un parágrafo al artículo 29 de la Resolución CREG 091 de 2007.

EmisorUnidades Administrativas Especiales
Número de Boletín47362

La Comision de Regulacion de Energia y Gas, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994.

15 CONSIDERANDO QUE:

Segun el articulo 9° del Decreto 2696 de 2004, la Comision debe hacer publico en su pagina web todos los proyectos de resoluciones de caracter general que pretenda adoptar, con las excepciones que alli se señalan, con antelacion no inferior a treinta (30) dias a la fecha de su expedicion.

La Comision de Regulacion de Energia y Gas decidio por unanimidad dar aplicacion a lo dispuesto en el numeral 3 del articulo 2° de la Resolucion CREG 097 de 2004 dado que la expedicion de esta regulacion es necesaria para la adecuada aplicacion de la metodologia contenida en la Resolucion CREG 091 de 2007.

La Comision de Regulacion de Energia y Gas, en su Sesion numero 409 del dia 26 de mayo de 2009, aprobo hacer publico el proyecto de resolucion anexo.

RESUELVE:

Articulo 1° Hagase publico el proyecto de resolucion "Por la cual se ordena hacer publico un proyecto de resolucion de caracter general que pretende adoptar la CREG para aclarar la definicion de Mercado Relevante de Comercializacion en las Zonas No Interconectadas y adicionar un paragrafo al articulo 29 de la Resolucion CREG 091 de 2007".
Articulo 2° Se invita a los agentes, a los usuarios, a las Autoridades Locales Municipales y Departamentales competentes, a la Superintendencia de Servicios Publicos Domiciliarios y a los demas interesados, para que remitan sus observaciones o sugerencias sobre la propuesta en el termino de diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de publicacion de la presente resolucion en la pagina web de la CREG.
Articulo 3° Informese en la pagina web la identificacion de la dependencia administrativa y de las personas a quienes se podra solicitar informacion sobre el proyecto y hacer llegar las observaciones, reparos o sugerencias, y los demas aspectos previstos en el articulo 11 del Decreto 2696 de 2004.

19 Articulo 4°. La presente resolucion no deroga ni modifica disposiciones vigentes por tratarse de un acto de tramite.

Publiquese y cumplase.

Dada en Bogota, D. C., 26 de mayo de 2009.

El Presidente, Manuel Maiguashca Olano, Viceministro de Minas y Energia Delegado del Ministro de Minas y Energia.

El...

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