Resolución número 0003283 de 2009, por medio de la cual se establece el procedimiento para la expedición de los Certificados de Acreditación de Residencia y de Situación Tributaria en Colombia y se adoptan unos formatos. - 3 de Abril de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 56243094

Resolución número 0003283 de 2009, por medio de la cual se establece el procedimiento para la expedición de los Certificados de Acreditación de Residencia y de Situación Tributaria en Colombia y se adoptan unos formatos.

EmisorUnidades Administrativas Especiales
Número de Boletín47311
35
Edición 47.311
Viernes 3 de abril de 2009 D I A R I O O F I C I A L
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Facturación y Pagos
Ahora vamos a evaluar su satisfacción con algunos aspectos de facturación y pagos del servicio telefónico local de su
operador. Solamente vamos a evaluar su satisfacción con algunos aspectos de la facturación del servicio de llamadas
locales. No vamos a tener en cuenta las llamadas a larga distancia, celulares, ni otros servicios como Internet. De
acuerdo con esta tarjeta (Pasar Tarjeta N° 1)
VIII.¿Cuál es su grado de satisfacción con los siguientes aspectos relacionados con facturación y pagos del servicio
telefónico local de su empresa que le entrega su operador?
Aspectos MB B R M MM NS
50. Claridad y sencillez de la información contenida en la factura 5 4 3 2 1 9
51. Nivel de diferenciación entre lo facturado por el servicio local y otros
servicios 54 3 2 1 9
52. Correspondencia entre el valor facturado y el servicio local prestado 5 4 3 2 1 9
53. Puntualidad en la entrega de la factura 5 4 3 2 1 9
54. Diversidad de opciones de planes tarifarios, tales como prepago, tarifa
plana, cuenta controlada y planes sin cargo fijo 54 3 2 1 9
55. Variedad de medios de pago (bancos, cajeros, teléfonos, Internet,
oficinas del operador, almacenes de cadena y bombas de gasolina) 54 3 2 1 9
56. Variedad de formas de pago (efectivo, cheque, tarjetas débito o crédito) 5 4 3 2 1 9
Atención a Reclamos por Facturación
Ahora, considerando que solamente estamos evaluando aspectos de la facturación del servicio de llamadas
locales y que no estamos teniendo en cuenta las llamadas a larga distancia, ni a celulares, ni otros servicios
como Internet.
s.¿En los últimos meses ha tenido usted errores o inconvenientes en la factura del servicio telefónico local de su
empresa?
Si 01 Continúe
No 02 Pase a x (página Web)
t. ¿En los últimos seis meses usted ha hecho reclamaciones a su operador por errores o inconvenientes con la
factura del servicio telefónico local de su empresa?
Si 01 Continúe
No 02 Pase a x (página Web)
u. ¿Cuál fue el motivo del último reclamo por facturación del servicio telefónico local que usted hizo a su
operador. (No leer alternativas)
Motivo del último reclamo
La factura del servicio local no llega 01
La factura del servicio local no llega a tiempo 02
La factura del servicio local no se entiende 03
Cobro de facturas del servicio local que ya fueron pagadas 04
Cobro por consumos locales altos 05
Suspensión del servicio sin motivo 06
Cobro de servicios no solicitados 07
Error en la asignación del estrato socioeconómico 08
Inconvenientes con convenio de pago con la telefonía local 09
Otro. ¿Cuál? 10
v. ¿Su operador ya le resolvió el reclamo por facturación del servicio telefónico local que usted solicitó?
Si 01 Continúe
No 02 Pregunte en P.IX: 58- 59 -61-62
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w. ¿Considerando que no estamos teniendo en cuenta las llamadas a larga distancia ni a celulares, ni otros servicios
como Internet ¿Cuántos días se tardaron en solucionar el último reclamo por errores de facturación del servicio
telefónico local que usted hizo a su operador?
N° de Días No sabe / No responde 999
IX. Según esta tarjeta (Pasar Tarjeta N° 1) Considerando que no estamos teniendo en cuenta las llamadas a larga
distancia ni a celulares, ni otros servicios como Internet ¿Cuál es su grado de satisfacción con los siguientes
aspectos relacionados con el último reclamo por error en la facturación del servicio telefónico local?
Aspectos MB B R M MM NS
57. Cumplimiento del tiempo prometido para responder al reclamo 5 4 3 2 1 9
58. Disponibilidad de información sobre el estado de la solicitud 5 4 3 2 1 9
59. Utilización de medios adecuados para dar respuesta a los reclamos 5 4 3 2 1 9
60. Efectividad en la solución 5 4 3 2 1 9
61. Disponibilidad de personal suficiente para la atención de los reclamos 5 4 3 2 1 9
62. Amabilidad del personal 5 4 3 2 1 9
Pagina Web
x. ¿Ha consultado la página Web de su operador?
Si 01 Continúe
No 02 Pase a XI
y. ¿La página Web que tiene su operador es transaccional, es decir, puede consultar su factura, enviar un reclamo,
solicitar una revisión técnica,etc?
Si 01 Continúe
No 02 Pase a XI
X. De acuerdo con esta tarjeta (Pasar Tarjeta Nº 1) ¿Cuál es su grado de satisfacción con los siguientes aspectos
relacionados con la utilidad de la página Web de su operador en relación con el servicio telefónico local?
Aspectos MB B R M MM NS
63. Facilidad para acceder al estado de consumo telefónico de la empresa 5 4 3 2 1 9
64. Nivel de detalle de la información sobre los consumos de la empresa 5 4 3 2 1 9
65. Facilidad para realizar el pago a través de la Web 5 4 3 2 1 9
66. Facilidad para tramitar reclamos a través de la Web 5 4 3 2 1 9
Clasificación Estadística
Finalmente le voy a hacer algunas preguntas que nosotros
utilizamos para la clasificación estadística.
XI. A qué sector de la economía pertenece la empresa en
la cual usted se desempeña actualmente?
Financiero 01
Comercial 02
Manufactura 03
Transporte 04
Servicios 05
Salud 06
Gobierno 07
Educación 08
Telecomunicaciones 09
Construcción 10
Explotación Minera 11
Otro. ¿Cuál? 77
XII. ¿Autoriza Ud. al CNC para que comunique sus
opiniones a su operador en caso lo solicite?
SI ________ 1 No _______ 2
A nombre del Centro Nacional de Consultoría, ¡Muchas
Gracias!
D
DI
IL
LI
IG
GE
EN
NC
CI
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RD
DE
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SP
PU
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ES
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LA
AE
EN
NT
TR
RE
EV
VI
IS
ST
TA
A
Fecha de realización de la encuesta:
______ (día) ______ (mes) de _________ (año)
Encuestador: Nombres y Apellidos:
C.C. No. ____________________________________
Supervisor: Nombres y Apellidos:
C.C. No.
La encuesta se realizó:
Cara a Cara 1
Telefónicamente 2
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
RESOLUCIONES
RESOLUCION NUMERO 0003283 DE 2009
(marzo 31)
rqt"ogfkq"fg"nc"ewcn"ug"guvcdngeg"gn"rtqegfkokgpvq"rctc"nc"gzrgfkek„p"fg"nqu"EgtvkÝecfqu"
fg"Cetgfkvcek„p"fg"Tgukfgpekc"{"fg"Ukvwcek„p"Vtkdwvctkc"gp"Eqnqodkc"{"ug"cfqrvcp"
unos formatos.
Gn"Fktgevqt"Igpgtcn"fg"Korwguvqu"{"Cfwcpcu"Pcekqpcngu."gp"glgtekekq"fg"uwu"hcewnvcfgu"
legales, en especial las conferidas en los artículos 9° y 10 del Estatuto Tributario y en los
pwogtcngu"3."9"{"34"fgn"ctvewnq"8̇"fgn"Fgetgvq"626:"fg"qevwdtg"44"fg"422:."{"
EQPUKFGTCPFQ<
Swg"gn" Iqdkgtpq"Pcekqpcn" gp"gn" eqpvgzvq"fg" nc"inqdcnk¦cek„p" fg"ncu"tgncekqpgu" vcpvq"
eqogtekcngu"eqoq"lwtfkecu."jc"qtkgpvcfq"uw"rqnvkec"Ýuecn"kpvgtpcekqpcn"jcekc"nc"pgiqekcek„p"
y suscripción de Tratados para evitar la Doble Imposición Internacional.
Que en este sentido, se han adelantado negociaciones relativas a los Convenios para
gxkvct"nc" Fqdng"Korqukek„p"Kpvgtpcekqpcn" {"rtgxgpkt" nc"gxcuk„p"Ýuecn." eqp"nc" Eqowpkfcf"
Cpfkpc"fg"Pcekqpgu"Î"ECP."eqp"gn"Tgkpq"fg"Gurc‚c"gn"ewcn"hwg"tcvkÝecfq"rqt"gn"Eqpitguq"
fg"nc"Tgr¿dnkec"ogfkcpvg"nc"Ng{"32:4"fg"4228."{"eqp"qvtqu"Guvcfqu0
Que con el mismo propósito, se culminaron negociaciones con los gobiernos de Sui-
za, Chile, Canadá, y México y en la actualidad avanzan negociaciones con los de otros
estados.
Swg"gn"pwogtcn"9"fgn"ctvewnq"56"fgn"Fgetgvq"626:"fg"422:."cukip„"c"nc"Uwdfktgeek„p"fg"
Iguvk„p"fg"Hkuecnk¦cek„p"Kpvgtpcekqpcn"fg"nc"Fktgeek„p"fg"Korwguvqu"{"Cfwcpcu"Pcekqpcngu."
nc"hwpek„p"fg"gzrgfkt"nqu"EgtvkÝecfqu"fg"cetgfkvcek„p"fg"Tgukfgpekc"Hkuecn"{"fg"Ukvwcek„p"
Tributaria en Colombia.
Que por lo anterior y para efectos del control en la aplicación de los mencionados Con-
venios, se hace necesario establecer un procedimiento para la presentación y trámite de las
uqnkekvwfgu"{"gzrgfkek„p"fg"nqu"egtvkÝecfqu"fg"tgukfgpekc"Ýuecn"{"fg"ukvwcek„p"vtkdwvctkc"gp"
Eqnqodkc."eqp"gn" Ýp"fg"ugt"rtgugpvcfqu" cpvg"ncu"cwvqtkfcfgu"vtkdwvctkcu" fg"nqu"rcugu"eqp"
nqu"ewcngu"Eqnqodkc"egngdtg"q"rwgfc"egngdtct"Eqpxgpkqu"rctc"Gxkvct"nc"Fqdng"Vtkdwvcek„p="
eqoq"vcodkfip"tgiwnct"guvqu"EgtvkÝecfqu"rctc"ugt" rtgugpvcfqu"cpvg"ncu"fgoƒu"Cfokpkuvtc-
ekqpgu"Vtkdwvctkcu"gzvtcplgtcu.
RESUELVE:
Artículo 1°. EgtvkÝecfq"fg"tgukfgpekc"Ýuecn0 Es el documento mediante el cual la Di-
tgeek„p"fg"Korwguvqu"{"Cfwcpcu"Pcekqpcngu"egtvkÝec"swg"gn"eqpvtkdw{gpvg"uqnkekvcpvg."rctc"
Ýpgu"vtkdwvctkqu."vkgpg" fqokeknkq"q"tgukfgpekc" Ýuecn"gp"Eqnqodkc" rqt"gn"rgtqfq" itcxcdng"
solicitado.
Nc"uqnkekvwf"fg"EgtvkÝecfq"fg"tgukfgpekc"Ýuecn"rqftƒ"ugt"rtgugpvcfc"uqnq"rqt"eqpvtkdw-
yentes con domicilio o residencia en Colombia, personalmente, o por medio de apoderado
debidamente acreditado, de conformidad con lo señalado en los artículos 555 y siguientes
del Estatuto Tributario.
Artículo 2°. EgtvkÝecfq"fg"ukvwcek„p"vtkdwvctkc0 Es el documento por medio del cual la
Fktgeek„p"fg"Korwguvqu"{"Cfwcpcu"Pcekqpcngu"egtvkÝec"nc"pcvwtcng¦c"{"ewcpvc"fg"ncu"tgpvcu"
e impuestos pagados o retenidos en el país, por el período gravable indicado en el mismo,
gurgekÝecpfq"uk"guvƒ" q"jc"guvcfq" uwlgvq"c"nqu" korwguvqu"uqdtg"nc" tgpvc"{1q"rcvtkoqpkq" gp"
Colombia.
Nc"uqnkekvwf"fg"egtvkÝecfq"fg"ukvwcek„p"vtkdwvctkc"rqftƒ"ugt"rtgugpvcfc"rqt"eqpvtkdw{gpvgu"
con o sin domicilio o residencia en Colombia, personalmente, o por medio de apoderado
debidamente acreditado, de conformidad con lo señalado en los artículos 555 y siguientes
fgn" Guvcvwvq"Vtkdwvctkq." cpvg" nc" Uwdfktgeek„p" fg" Iguvk„p" fg" Hkuecnk¦cek„p" Kpvgtpcekqpcn"
fg"nc"Fktgeek„p"fg"Iguvk„p"fg"Hkuecnk¦cek„p"Kpvgtpcekqpcn" fg"nc"Fktgeek„p"fg"Korwguvqu"{"
Cfwcpcu"Pcekqpcngu."cu<
a) Personas con domicilio o residencia en Colombia." Rqftƒp"uqnkekvct"egtvkÝecek„p"
de su situación tributaria en Colombia, en la cual se acredite la naturaleza y cuantía de las
rentas e impuestos efectivamente pagados o retenidos en Colombia.
b) Personas sin domicilio ni residencia en Colombia."Guvc"egtvkÝecek„p" rqftƒ"ugt"
solicitada por los contribuyentes sin domicilio ni residencia en el país, que realicen inver-
siones en Colombia y hayan estado sometidos a retención en la fuente a título del impuesto
uqdtg"nc"tgpvc="cu" eqoq"rqt"cswgnnqu"swg" rqt"ektewpuvcpekcu"gurgekcngu"guvfip" qdnkicfqu"c"
presentar la declaración privada del mismo impuesto, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 326 del Estatuto Tributario.
Gn"egtvkÝecfq" vcodkfip"rqftƒ" ugt"tgswgtkfq." cwp"ewcpfq" ncu"tgurgevkxcu" uwocu"jc{cp"
quedado exentas del impuesto sobre la renta, producto de la aplicación del convenio para
evitar la doble tributación o de la legislación interna.
Wpkecogpvg"ug" rqftƒp"uqnkekvct" egtvkÝecekqpgu"cpwcngu" fgn"korwguvq" uqdtg"nc"tgpvc" {"
rcvtkoqpkq"tgurgevq"fg"nqu"rgtqfqu"itcxcdngu"swg"jc{cp"Ýpcnk¦cfq"eqp"rquvgtkqtkfcf"c"nc"
entrada en vigencia de un Convenio para Evitar la Doble Tributación. En todo caso, no se
rqftƒp"uqnkekvct"egtvkÝecekqpgu"cpwcngu"fg"tgpvcu"fg"oƒu"fg"ekpeq"*7+"c‚qu"fg"cpvki¯gfcf0
Artículo 3°. Swkfipgu"rwgfgp"uqnkekvct"nqu"egtvkÝecfqu. Los contribuyentes de los impues-
tos sobre la renta y patrimonio, que deban acreditar ante Administraciones Tributarias de
qvtqu"rcugu."uw"tgukfgpekc"Ýuecn"{1q"uw"ukvwcek„p"vtkdwvctkc"gp"Eqnqodkc"rctc"ghgevqu"fg"nc"
aplicación de los Convenios para evitar la Doble Tributación, podrán solicitar a la Subdirec-
ek„p"fg"Iguvk„p"fg"Hkuecnk¦cek„p"Kpvgtpcekqpcn"fg"nc"Fktgeek„p"fg"Iguvk„p"fg"Hkuecnk¦cek„p"
fg"nc"Fktgeek„p"fg" Korwguvqu"{"Cfwcpcu"Pcekqpcngu."nc"gzrgfkek„p" fg"nqu"egtvkÝecfqu"fg"
tgukfgpekc"Ýuecn"{1q"fg"ukvwcek„p"vtkdwvctkc"gp"Eqnqodkc0

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