Acta de comisión 007 del 12 de noviembre de 2003 - 4 de Marzo de 2004 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451271330

Acta de comisión 007 del 12 de noviembre de 2003

ACTA DE COMISIÓN 007 DEL 12 DE NOVIEMBRE DE 2003

Legislatura 2003 - 2004

Primer Período

Siendo las diez y veinticinco minutos de la mañana (10:25 a.m.), se da inicio a la sesión bajo la dirección de la Presidente del Comisión Sexta Constitucional Permanente honorable Representante Musa Besaile Fayad. El Presidente ordena llamar a lista y contestaron los siguientes honorables Representantes:

Besaile Fayad Musa

Gamarra Sierra José Rosario

Mejía de Serna Bertha Inés

Rangel Sosa Miguel Angel

Rayo Trigueros Oliver

Soto Jaramillo Carlos Enrique

Velásquez Cárdenas John Jairo.

Posteriormente, se hicieron presente los honorables Representantes:

Arias Hoyos Rocío

Herrera Cely José Manuel

López Maya Alexánder

Olano Becerra Plinio Edilberto

Pedraza Gutiérrez Jorge Hernando

Piamba Castro José Gerardo

Ramírez Ramírez Pedro María

Uribe Bent María Teresa

Zambrano Erazo Berner León.

Se excusaron de asistir a la sesión los honorables Representantes:

Acosta Osio Alonso

Paz Ospina Marino.

El Secretario:

Hay siete (7) honorables Representantes señor Presidente, en consecuencia hay quórum deliberatorio.

El Presidente:

Quiero informarle a la Comisión Sexta de Cámara que antes de comenzar el Orden del Día para la fecha indicada quiero darle la participación a la doctora Silvia Campos, Directora del Programa de fortalecimiento legislativo en el congreso, para que nos ilustre en un informe de qué se trata este programa, de qué puede ser beneficioso para el Congreso y cómo podemos trabajar de la mano junto con ellos. Tiene la palabra doctora Silvia.

Doctora Silvia Campos:

Muchas gracias señor presidente, por la oportunidad que nos dan el día de hoy al programa fortalecimiento legislativo, un programa de todos los congresistas. El año pasado los líderes del congreso solicitaron apoyo a la agencia de los Estados Unidos para el desarrollo internacional con la idea de desarrollar un programa de modernización que le permitiera al parlamento colombiano crecer, mejorar y ser un poco más eficiente y efectivo en sus labores. De esta forma ustedes van a encontrar en sus escritorios, en sus curules el programa o el plan de modernización legislativa que tiene seis componentes básicos para el congreso, de los cuales ARD Colombia, la empresa ejecutora del programa, va a desarrollar dos componentes: Un componente es una oficina de asistencia técnica legislativa, el componente que nos trae hoy acá, en el que nosotros tratamos de brindarle a los congresistas apoyo técnico en el tema de gran trascendencia nacional y que son de difícil tratamiento, como en este caso de servicios públicos y por el otro lado una oficina de atención ciudadana que incluye una línea gratuita al congreso 01 8000 que en el caso colombiano tiene muy orgulloso porque es la segunda línea gratuita en un congreso en América Latina. Entonces, ustedes están innovando, están a la delantera en ese sentido.

También se adjuntó un informe del primer mes de trabajo de esta oficina, hoy nos está acompañando el Director de ARD Colombia Reginald Tot y para nosotros será un gusto poder presentarles este primer estudio de antecedentes que se hizo con la Comisión sexta de Cámara y Senado, como proyecto piloto para replicar el modelo con las otras comisiones. Ya hemos hecho algunos estudios como hábeas data, educación superior, telecomunicaciones que también con la comisión con que estamos hoy, hemos trabajado el tema de financiamiento de campañas, tema carcelario y tenemos otros catorce estudios en proceso.

Entonces, muchísimas gracias y no sé si seguidamente sería ya la presentación del estudio.

El Presidente:

Doctora Silvia, creo que debe ser inmediatamente la presentación de su proyecto a ver cómo nos ilustra.

Doctora Silvia Campos:

Entonces más o menos para explicar la metodología. Nosotros lo que hacemos es que bajo la guía de un mentor, que dentro poquito van a conocer, Edgar González Salas, los estudiantes con una metodología que nosotros enseñamos, hacen un estudio de antecedentes que incluye toda la normativa, proyectos, doctrina, referente a un tema, no para decirle a ustedes cómo tienen que votar sino para que ustedes tengan los elementos técnicos suficientes para tomar una decisión legislativa informada. Los estudios de antecedentes les van a decir a ustedes cómo es la situación del tema y las consecuencias de las diferentes opciones. Entonces, tal Alba García va a empezar a hacer la presentación y va a hacer la presentación del resto de los compañeros.

Alba García:

Quiero presentarles al estudio de trabajo. Está integrado por David Osorio, estudiante de economía y ciencia política de la universidad de los Andes, Pablo Andrés León, politólogo de la universidad Javeriana, Juan Felipe Martínez, también politólogo de la universidad Javeriana, al doctor Edgar González Salas quien asesoró todo este proceso, él es administrador público, experto en finanzas públicas y economía y, quien les habla, Alba García, soy abogada de la Universidad de la Sabana.

A continuación les presento el estudio de antecedentes de servicios públicos domiciliarios, esta solicitud tuvo origen el semestre pasado, se elaboró el estudio entre el 11 de abril y el 24 de julio. El alcance de este estudio, como ya lo habíamos mencionado fue una solicitud que se elevó por las comisiones sextas de Senado y Cámara de Representantes, lo que pretendemos es presentarles un análisis sobre el sector de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado, aseo, energía eléctrica y gas. En este se trabajó el marco regulatorio de los servicios públicos domiciliarios en Colombia, el tema de tarifas, subsidios y regulación económica, la participación ciudadana en los servicios públicos domiciliarios, los fondos de solidaridad y redistribución de ingresos y legislación comparada. Sin embargo, cabe hacer la aclaración que en ese entonces cursaban proyectos de ley y estos fueron utilizados para elaborar el estudio, sin embargo, esos proyectos, por diferentes, razones fueron archivados, claro que cabe destacar que estos estudios nos van a brindar unos parámetros que pueden brindarles a ustedes un visión sobre el tema.

Vamos a iniciar con el marco de regulación de los servicios públicos domiciliarios en Colombia, este marco fue establecido primero teniendo en cuenta lo que la Constitución Política nos ha establecido y en segundo lugar teniendo en cuenta la jurisprudencia de la Corte Constitucional y la jurisprudencia del Consejo de Estado. Empezamos entonces con que el Régimen Constitucional de Competencia fue establecido por la Constitución Política entre los artículos 365 a 370. Se estableció la competencia genéricamente estatal en el sentido de que son diferentes entes que conforman el Estado los que tienen atribuida la competencia para regular determinados temas, comenzamos entonces con el Congreso de la República, que a través de la ley va a establecer el régimen general y básico, continuamos con el Presidente a quien se le atribuyeron dos funciones primordiales que son fijar políticas generales de administración y control y eficiencia de servicios públicos y la inspección y vigilancia, esto lo hace a través de dos entes que fueron creados, las comisiones de regulación y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. Por último encontramos las entidades territoriales que como bien sabemos, es a los departamentos a quienes les corresponde conceder subsidios y prestar un apoyo técnico y coordinación de los servicios públicos y los municipios a quienes les compete conceder los subsidios y en los casos en que las condiciones lo ameriten, prestar el servicio, pues, en caso de que no haya ningún otro prestador.

Como bien lo había mencionado, al congreso de la república le compete establecer por medio de la ley el régimen general, esta competencia entonces está fijada en nueve materias:

En primer lugar la naturaleza, es decir; fijar si es un servicio público domiciliario o no, establecer cuál es la extensión y cobertura, el carácter de esencial que tiene ese servicio público, quiénes son los sujetos que deben acudir a la prestación, establecer los mecanismos para asegurar la regularidad, permanencia, constancia, calidad y eficiencia. Establecer también un marco de derechos y deberes de los usuarios, los mecanismos de protección al ciudadano y las formas en que este ciudadano puede participar, el régimen tarifario, el control, inspección y vigilancia por parte del Estado.

En cuanto a la competencia del Presidente encontramos que el artículo 370 de la Constitución le fijó unas competencias, esas competencias fueron desarrolladas por el artículo 68 de la Ley 142, en el sentido que son las comisiones de regulación, quienes son mandatarias del presidente, son delegatarias del presidente en materia de políticas generales de administración y control y eficiencias de los servicios públicos. En el caso de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios encontramos que es una herramienta que tiene el presidente para el ejercicio del control, inspección y vigilancia de los prestadores de los servicios públicos y la regulación de las relaciones entre estos prestadores y los usuarios.

Un punto que ha despertado bastante polémica ha sido el relacionado a la naturaleza jurídica de las comisiones de regulación. Este punto ha sido demandado varias veces en la Corte Constitucional y la Corte se ha pronunciado estableciendo cuál es la naturaleza jurídica porque el problema se presentaba en si las comisiones de regulación podrían ejercer esas funciones que el presidente delegaba. En ese sentido, la Corte ha dicho que las comisiones de regulación son unas unidades administrativas especiales que cuentan con una independencia técnica, administrativa y financiera pero que no cuentan con una personería jurídica, además son de creación legal y fueron creadas por el congreso de la república en virtud del artículo 150 numeral 7 de la Constitución. Como ya lo habíamos mencionado, son delegatarias del...

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