Acta de audiencia pública p l 228 de 2008 cámara p l 58 de 2007 senado - 19 de Mayo de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451358650

Acta de audiencia pública p l 228 de 2008 cámara p l 58 de 2007 senado

ACTA DE AUDIENCIA PÚBLICA P.L.228 DE 2008 CÁMARA, P.L. 58 DE 2007 SENADOCOMISION PRIMERA CONSTITUCIONAL PERMANENTE

(abril 16)

por medio de la cual se modifica el artículo 164 d e la Ley 23 de 1982.

Autor: Honorable Senador Luis Fernando Velasco y otros.

Ponentes: Honorables RepresentantesCarlos Arturo Piedrahíta Cárdenas ¿C-, Germán Navas Talero, Pedrito Tomás Pereira Caballero.

Proyecto publicado: Gacetas 367, 530, 599 de 2007 Tex Sen. 24 de 2008.

Invitados:

Doctor Fernando Zapata López,Director General, Dirección Nacional de Derechos de Autor

Doctor Tulio Angel Arbeláez,Presidente Asomedios.

Doctor Carlos Manuel Arredondo Cárdenas,Gerente y Representante Legal Asociación Colombiana de Intérpretes y Productores de Fonogramas ¿Acinpro¿.

La Presidenta,

Karime Mota y Morad.

El Vicepresidente,

Juan de Jesús Córdoba Suárez.

El Secretario,

Emiliano Rivera Bravo.

La Subsecretaria,

Amparo Yaneth Calderón Perdomo.

Preside, honorable Representante Carlos Arturo Piedrahíta Cárdenas:

Saludamos a todos los presentes, invitados especiales a esta importante audiencia; desde acá queremos enviar un saludo muy especial donde se encuentre la docora Karime Mota y Morad que es nuestra Presidenta, de la Comisión Primera de la Cámara de Representantes que hoy no nos puede acompañar.

Señor Secretario, por favor leer el Orden del Día.

Secretario:

Sí Presidente, estamos convocados en virtud de la Resolución número 006 de la Mesa Directiva de la Comisión Primera, por la cual se convoca a Audiencia Pública y dice de la siguiente manera:

La Mesa Directiva de la Comisión Primera de la honorable Cámara de Representantes, considerando:

  1. Que el artículo 230 de la Ley 5ª de 1992, faculta a la Mesa Directiva de la Comisión Primera Constitucional para autorizar audiencia pública sobre proyectos de ley o de acto legislativo.

  2. Que el doctor Carlos Manuel Arredondo Cárdenas, en su calidad de Gerente y Representante Legal de la Asociación Colombiana de Interpretes y Productores de Fonogramas Acinpro, ha solicitado a esta Comisión se realice audiencia pública sobre el Proyecto de ley número 228 de 2008 Cámara, 58 de 2007 Senado, por medio de la cual se modifica el artículo 164 de la Ley 23 de 1982.

  3. Que debido a la importancia del proyecto antes citado, se convoca a audiencia pública.

RESUELVE:

Artículo 1º. Convocar a audiencia pública para que las personas naturales o jurídicas interesadas, presenten opiniones u observaciones sobre el Proyecto de ley número 228 de 2008 Cámara, 58 de 2007 Senado, por medio de la cual se modifica el artículo 164 de la Ley 23 de 1982.

Artículo 2º. La audiencia pública se realizará el día jueves 16 de abril de 2009 a las 8:00 a. m., en el Recinto de la Comisión Tercera de la honorable Cámara de Representantes.

Artículo 3º. La Mesa Directiva de la Comisión, ha delegado la dirección de la misma al honorable Representante Carlos Arturo Piedrahíta Cárdenas, en su calidad de ponente del proyecto en mención.

Artículo 4º. Las personas interesadas podrán inscribirse en la Comisión Primera Constitucional de la Cámara de Representantes, o en la oficina de atención ciudadana del Congreso personalmente o telefónicamente; así mismo deberán adjuntar copia de sus ponencias o enviarlas en correo electrónico Comisión.primera@Cámara.gov.co, para consultar cualquier información del trámite que ha surtido el proyecto, se puede consultar la página www.Cámara.gov.co.

Artículo 5º. La Mesa Directiva de la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, de acuerdo a la lista de inscritos, fijará el tiempo de intervención de cada participante.

Artículo 6º. La Secretaría de la Comisión, efectuará las diligencias necesarias para efecto de que la convocatoria de la audiencia sea de conocimiento general y en especial en la publicación en los canales de televisión de un aviso, en el que se dé conocimiento de este hecho.

Artículo 7º. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase, dado en Bogotá a los catorce (14) días del mes de abril del 2009.

La Presidenta,

Karime Mota y Morad.

El Vicepresidente,

Juan de Jesús Córdoba Suárez.

El Secretario,

Emiliano Rivera Bravo.

Presidente, en virtud de esta resolución emanada de la Mesa Directiva, la Secretaría de la Comisión Primera de la Cámara, invitó y le dio a conocer a la jefatura de prensa de la Cámara, a la Directora del Canal Congreso y a los diferentes órganos administrativos para que nos facilitarán la difusión de esta convocatoria.

Igualmente se invitó al doctor Carlos Manuel Arredondo Cárdenas, gerente y representante legal de la Asociación Colombiana de Intérpretes y productores de Fonogramas Acinpro; al doctor Tulio Angel Arbeláez, Presidente de Asomedios y al doctor Fernando Zapata López, Director General de la Dirección Nacional de Derechos de Autor del Ministerio del Interior.

El doctor Tulio Angel Arbeláez, envía a la Secretaría de la Comisión la siguiente comunicación:

Comunicación

La Asociación de Nacional de Medios de Comunicación, celebra la realización de espacios que permitan la discusión de proyectos de ley de la importancia del número 228 de 2008 Cámara, 58 de 2007 Senado, por medio de la cual se modifica el artículo 164 de la Ley 23 de 1982.

Agradezco la invitación que ustedes muy amablemente me han hecho, para nuestra Asociación es fundamental la participación del gremio en este tipo de escenarios; sin embargo en esta oportunidad Asomedios, no presentará observaciones u opiniones al proyecto en mención toda vez que esta iniciativa no es de interés directo de los medios de comunicación.

Cordial saludo, Tulio Angel Arbeláez.

Presidente, se han inscrito algunas personas como el señor Yecid Andrés Ríos Pinzón; el señor Jorge Mario Olarte; el señor Noé Rodríguez; el señor Héctor Javier Galindo; el señor Manuel Gómez y el doctor Carlos Vasco.

Se encuentra presente el ciudadano Yesid Andrés Ríos Pinzón.

La Presidencia concede el uso de la palabra al doctor Yecid Andrés Ríos Pinzón, Jefe de la Oficina de Registro, Ministerio del Interior Derechos de Autor:

Muchas gracias Representante, ante todo quiero agradecer en primer lugar a la Mesa Directiva, a la Comisión Primera de la Cámara, al Representante Carlos Arturo Piedrahíta quien amablemente invitaron al doctor Fernando Zapata, el pasado martes a asistir a esta audiencia pública; desafortunadamente el doctor Zapata por motivos y compromisos previamente adquiridos no puede asistir, pero me manifestó el profundo interés que para él y para la Dirección Nacional de Derechos de Autor, Unidad Administrativa Adscrita al Ministerio del Interior y de Justicia representa este proyecto de ley, ¿por medio de la cual se modifica el artículo 164 de la Ley 23 de 1982¿.

Yo vengo a reiterar de alguna manera las consideraciones de orden técnico, jurídico que la Dirección Nacional de Derechos de Autor ha manifestado en anteriores oportunidades en el sentido de que consideramos que el proyecto de ley mediante el cual se modifica el artículo 164 de la Ley 23, tiene algunas implicaciones de orden jurídico que irían en contra de los Tratados Internacionales a los cuales el país a adherido en materia de derecho de autor.

Y precisamente porque el proyecto de ley pretende en síntesis, ampliar o establecer una limitación y excepción al derecho de ejecución pública a través de los pequeños comerciantes detallistas que cumplen una serie de condiciones establecidas en el mismo artículo; consideramos que esta limitación y excepción que se pretende establecer no cumple con una serie de consideraciones que han establecido los Tratados Internacionales y para ello, tengo que empezar en primer lugar a hablar de que el derecho de autor en su aspecto patrimonial es un tipo de propiedad privada reconocido en la Constitución en el artículo 61 y que como tal le otorga al autor, a los interpretes, a los productores fonográficos un derecho de controlar todas las formas de explotación de la obra.

Y una de esas formas de explotación precisamente es la ejecución pública que se haga de las obras, la decisión Andina 3.5.1 del 93 que es la norma que regula en la Comunidad Andina el tema del derecho de autor; nos habla que la comunicación pública entre otras formas como la radiodifusión, como la...

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