ACTA DE AUDIENCIA PÚBLICA CONJUNTA PRESENCIAL DE 2023 (marzo 31) - 18 de Julio de 2023 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 940223102

ACTA DE AUDIENCIA PÚBLICA CONJUNTA PRESENCIAL DE 2023 (marzo 31)

Fecha de publicación18 Julio 2023
Número de Gaceta886
ACTAS DE COMISIÓN
DIRECTORES:
(Artículo 36, Ley 5ª de 1992)
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXII - Nº 886 Bogotá, D. C., martes, 18 de julio de 2023 EDICIÓN DE 34 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
       
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Gaceta del congreso 186 Lunes, 25 de abril de 2016 Página 1
PROYECTOS DE LEY
(Artículo 36, Ley 5ª de 1992)
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 186 Bogotá, D. C., lunes, 25 de abril de 2016 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
g
a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 163 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se expide la ley del actor para
garantizar los derechos laborales, culturales y de
autor de los actores y actrices en Colombia.
CAPÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación y deniciones
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto establecer un conjunto de medidas que garanticen
el ejercicio de la actuación como una profesión en Co-
lombia, protegiendo los derechos laborales, culturales
y de autor de los actores y actrices en sus creaciones,
conservación, desarrollo y difusión de su trabajo y
obras artísticas.
Artículo 2°. Ámbito de la ley. La presente ley regula
lo concerniente a la actuación como profesión, derechos
laborales y oportunidades de empleo, derechos de autor,
difusión del trabajo de los actores y régimen sancionato-
rio, entre otros; brindando herramientas para dignicar
esta labor por sus aportes culturales a la nación.
Parágrafo. La presente ley rige para todo tipo de
producciones o actividades que requieran de actores y
actrices para su realización, bien sean escénicas, tea-
trales, audiovisuales, sonoras o de doblaje.
Artículo 3°. Actor o actriz. Se considera actor para
efectos de esta ley, aquel creador que se sirve de su cuer-
po, su voz, su intelecto y su capacidad histriónica para
crear personajes e interpretaciones en producciones tea-
trales y todo tipo de expresiones artísticas y realizaciones
audiovisuales, radiales y demás medios. El actor o actriz
es titular de derechos morales y patrimoniales de autor.
Artículo 4°. Actor profesional. Para efectos de esta
ley se entiende por actor profesional aquel actor o ac-
triz que acredite alguno de los siguientes requisitos:
i) Título profesional de maestro en artes escénicas
o títulos anes;
ii) Experiencia de trabajo actoral mayor de diez
(10) años acumulados y certicados en cualquier me-
dio escénico o audiovisual, avalada por el Comité de
Acreditación Actoral;
iii) Combinación entre educación informal, técni-
ca o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mí-
nimo de cinco (5) años acumulados y certicados en
cualquier medio escénico o audiovisual, avalada por el
Comité de Acreditación Actoral.
Artículo 5°. Ensayo, caracterización, actividad pre-
paratoria y conexa a la creación de personajes. Es toda
actividad propia de la actuación, mediante la cual el
actor o actriz prepara la creación o caracterización del
personaje, ensaya la realización de la obra, investiga,
estudia, memoriza guiones y realiza cualquier otra acti-
vidad relacionada con el mismo, en el lugar de trabajo
y fuera de él.
Artículo 6°. Creaciones artísticas como patrimo-
nio cultural. Las creaciones artísticas de los actores,
como agentes generadores de patrimonio cultural de
la nación, contribuyen a la construcción de identidad
cultural y memoria de la nación. De acuerdo con lo an-
terior, el trabajo de los actores profesionales debe ser
protegido y sus derechos garantizados por el Estado.
Las producciones dramáticas en cine, televisión, teatro
y otras formas de lenguaje escénico o audiovisual son
bienes de interés cultural.
Artículo 7°. Roles en creaciones artísticas. Entién-
dase por creaciones artísticas:
– Rol protagónico: Personaje interpretado por un
actor o actriz, alrededor del cual gira la trama central
de la producción.
– Rol coprotagónico o antagónico: Personaje inter-
pretado por un actor o actriz que, teniendo su propia
historia dentro de la trama, esta gira alrededor de los
protagonistas.
COMISIÓN PRIMERA
CONSTITUCIONAL PERMANENTE
ACTA DE AUDIENCIA PÚBLICA
CONJUNTA PRESENCIAL DE 2023
(marzo 31)
Convocada por la Mesa Directiva de las sesiones
conjuntas de las Comisiones Primeras
de Senado y Cámara de Representantes.
Auditorio Aurelio Arturo de la Universidad
Cooperativa de Colombia – Pasto, Nariño.
Proyecto de ley número 277 de 2023
Senado, 336 de 2023 Cámara, por medio
de la cual se humaniza la política criminal y
penitenciaria para contribuir a la superación
del Estado de cosas inconstitucional y se
dictan otras disposiciones.
Siendo las 8:00 a. m. del día 31 de marzo de
2023, la Presidencia ejercida por el honorable
Representante Juan Daniel Peñuela Calvache, da
inicio a la audiencia pública conjunta, previamente
convocada y con la presencia en el auditorio Aurelio
Arturo de la Universidad Cooperativa de Colombia
– Pasto, Nariño, de los honorables Senadores
miembros de la Comisión Primera del Honorable
Senado y los honorables Representantes de la
Cámara miembros de la Comisión Primera de la
Cámara de Representantes.
El orden del día para la audiencia es el
siguiente:
Audiencia pública conjunta
(Presencial)
Audiencia pública conjunta presencial sobre:
Proyecto de ley número 277 de 2023 Senado,
336 de 2023 Cámara, por medio de la cual se
humaniza la política criminal y penitenciaria para
contribuir a la superación del estado de cosas
inconstitucional y se dictan otras disposiciones.
Ponente primer debate: honorables Senadores:
María José Pizarro (Coordinadora), Alfredo Deluque
Zuleta, Jorge Enrique Benedetti Martelo, Julián
Gallo Cubillos, Jonathan Pulido Hernández, Juan
Carlos García Gómez, Paloma Valencia Laserna.
Ponente primer debate: honorables Representantes:
Juan Carlos Wills Ospina, Juan Carlos Lozada Vargas,
Pedro José Suárez Vacca (Coordinadores), Catherine
Juvinao Clavijo, Ana Paola García Soto, Óscar
Rodrigo Campo Hurtado, José Jaime Uscátegui, James
Hermenegildo Mosquera Torres, Marelen Castillo
Torres, Luis Alberto Albán Urbano.
Publicación: Proyecto original: Gaceta del
Congreso número 20 de 2023.
Intervinientes: personas naturales o jurídicas,
para que expresen sus observaciones, inscritos
previamente de conformidad con el artículo 230 de
la Ley 5ª de 1992; e invitados especiales.
Convocada por la Mesa Directiva de las sesiones
conjuntas de las Comisiones Primeras de Senado
y Cámara de Representantes.
Mediante Resolución número 05 SC
del 23 de marzo de 2023
Cuatrienio 2022-2026
Legislatura 2022-2023
Segundo periodo
Dia: viernes, 31 de marzo de 2023
Lugar: Auditorio Aurelio Arturo de la Universidad
Cooperativa de Colombia – Pasto, Nariño.
Hora: 8:00 a. m.
I
Lectura de la Resolución número 05 SC
del 23 de marzo de 2023.
Página 2 Martes, 18 de julio de 2023 G 886
II
Intervenciones invitados especiales
e inscritos.
“La Mesa Directiva de las Comisiones Primeras
Constitucionales Permanentes del Honorable
Senado de la República y de la Honorable Cámara
de Representantes informan que, para esta audiencia
conjunta, la asistencia será presencial”.
El Presidente,
Honorable Senador, Fabio Raúl Amín Saleme.
El Vicepresidente,
Honorable Representante, Juan Carlos Wills
Ospina.
La Secretaria General Comisión Primera Senado,
Yury Lineth Sierra Torres.
La Secretaria General Comisión Primera Cámara,
Amparo Yaneth Calderón Perdomo.
Iniciamos, entonces, con el orden del día
propuesto para el día de hoy, luego de haber sido
       
con el desarrollo de la audiencia. En primer lugar,
tendremos el Himno de la República de Colombia y
el Himno del departamento de Nariño.
Himno de la República de Colombia.
Himno del departamento de Nariño.
Atendiendo instrucciones de la Presidencia, por
Secretaria se da lectura a la Resolución número 05
SC del 23 de marzo de 2023.
La Secretaria informa que, conforme a la
resolución de esta audiencia y para el conocimiento de
la ciudadanía en general, se realizaron las siguientes
gestiones para la divulgación: un aviso para que
fuera publicado en un periódico de circulación
nacional, publicación en la página de la Comisión
Primera del Senado (comisionprimerasenado.com)
y en el Twitter de la Comisión @PrimeraSenado e
    
la publicación en el Canal del Congreso.
La Presidencia interviene para un punto de
orden:
Muy buenos días a todos, un saludo muy muy
cordial, agradecer en primer lugar a la Universidad
Cooperativa de Colombia que tiene la gentileza de
brindarnos este espacio para poder llevar a cabo
una jornada de audiencia pública sobre uno de
los proyectos de ley más importantes que en este
momento se están discutiendo en el Congreso de
Colombia, gracias a la doctora Yury, Secretaria de la
Comisión Primera de Senado, por acompañarnos esta
mañana, en camino ya se encuentra el Viceministro
Camilo Eduardo Umaña Hernández, ya llegó a aquí
al departamento de Nariño y esto nos garantiza que
esté el Gobierno nacional, el Ministerio de Justicia
como principal doliente del impulso de esta reforma
del Congreso de Colombia, escuchando voces muy
autorizadas en el departamento de Nariño.
Y por eso, en las sesiones del Congreso tuvimos
la posibilidad de poner a consideración la realización
de esta audiencia pública aquí en el departamento de
Nariño, porque los debates no se deben centralizar
solamente en el Congreso de Colombia, sino que
también se debe estar acompañando actores muy
importantes de la Rama Judicial, de la Defensoría
del Pueblo, también que nos esté acompañando la
academia, que nos estén acompañando los directores
de los establecimientos penitenciarios y carcelarios,
que esté el Ministerio Público, que estén defensores,
que estén estudiantes de Derecho, que esté la
comunidad en general, voces muy autorizadas para
      
en el análisis de este proyecto de ley y conocer
opiniones.
G 886 Martes, 18 de julio de 2023 Página 3
Opiniones a favor, opiniones en contra, que
son necesarias para poder desde luego enriquecer
un debate que iniciará en Comisiones Conjuntas
de Cámara y Senado, Comisiones Primeras, ahora
después de Semana Santa.
Entonces, bienvenidos todos a este escenario,
hoy de manera simultánea se está realizando otra
audiencia pública en la ciudad de Cúcuta, convocada
también por un Representante de la Comisión
Primera, el Congresista Diógenes Quintero, en esa
Comisión está el Ministro de Justicia, el doctor
Néstor Osuna, y en esta audiencia pública en contados
minutos estará el doctor Umaña, Viceministro de
Política Criminal y de Justicia Restaurativa.
Nos coincidieron las dos audiencias y era muy
importante realizarla en esta fecha, porque como los
debates se van a desarrollar a partir de la Semana de
Pascua, pues Nariño no podía dejar de estar presente
en la contribución y en el aporte a este proyecto de
ley tan importante para el país.
Estas audiencias no son en vano, ¿sí?, estas
audiencias hoy se están, se están transmitiendo a
través de redes sociales y a través de los canales
institucionales del Congreso de Colombia, sobre lo
que cada uno de los intervinientes aquí exprese, pues
hay una relatoría y esa relatoría, las conclusiones de
esa relatoría se las haremos también llegar a ustedes,
pero también estarán en conocimiento de los
Ponentes, de los Coordinadores Ponentes y de los
Congresistas, tanto inicialmente de las Comisiones
Conjuntas Primeras de Senado y Cámara.
Entonces, la opinión y el aporte que cada uno de
ustedes pueda brindar a este proyecto, es de gran
importancia para el país y ayúdennos a que podamos
realizar un ejercicio legislativo que esté sintonizado
con las opiniones autorizadas de quienes conocen la
materia mejor que muchos de nosotros que estamos
    
defensores, Ministerio Público, abogados que están,
directores de establecimientos carcelarios que
están, que el día a día es esta la vivencia de esta
problemática, que el país está en mora de construir
un escenario para poder resolverla.
También un saludo muy afectuoso a los señores
Concejales de Pasto que nos acompañan, al Diputado
Javier Jojoa que también estaba por aquí, bueno,
bienvenidos, bienvenidos todos.
Entonces, mientras llega el señor Viceministro,
simplemente vamos a hacer una contextualización
muy rápida de algunos datos, que es importante
tenerlos presentes y que con seguridad ya ustedes,
muchos de los que están aquí los conocen.
Bueno, como todos sabemos, esta audiencia
pública tiene como propósito recibir las opiniones
y los puntos de vista sobre un proyecto de ley
que está identicado con el 336 del 2023 de
Cámara y 277 de 2023 de Senado, este proyecto
ha sido denominado como: “por medio de la cual
se humaniza la política criminal y penitenciaria
para contribuir a la superación del Estado de cosas
inconstitucional y se dictan otras disposiciones”.
¿Cuál es el escenario en el que en este momento
nos encontramos respecto de las cárceles del país?
Nuestros establecimientos de reclusión están
ubicados en 6 regionales, allí están las regionales,
regional norte, nordeste, occidental, central, viejo
Caldas y regional oriente, son 128 establecimientos
de reclusión del orden nacional, de los cuales, 122
son establecimientos penitenciarios y/o carcelarios,
5 son complejos penitenciarios y carcelarios y uno
es una colonia penal agrícola.
La capacidad, de acuerdo con las cifras del Inpec,
de estos 128 establecimientos es de 81.175 personas
privadas de la libertad, hoy la población que está
en estos establecimientos privada de la libertad
corresponde a 97.860, hay una sobrepoblación de
16.685 personas, con un índice de hacinamiento del
20.55, 20.6% en los establecimientos de reclusión
nacionales.
La Defensoría del Pueblo también, respecto de
   
de los establecimientos de reclusión del orden
nacional, pero también tiene unas cifras respecto del
hacinamiento en los centros de detención transitoria,
estaciones de policía y unidades de reacción
inmediata y allí el índice es de un hacinamiento del
177%, en donde se encuentra una sobrepoblación,
perdón, de 14.176 personas que hoy están en los
centros de detención transitoria y allí se encuentran
los índices de hacinamiento por regiones, ¿sí?,
por regiones, en lo que tiene que ver con los
establecimientos de reclusión del orden nacional.
También esta problemática de las cárceles, pues
encontramos unas cifras alarmantes en materia de
hacinamiento, pero también la Corte Constitucional
ha reiterado en varias oportunidades sobre cuáles
son los mínimos constitucionales asegurables que
se deben garantizar en las cárceles del país y por
mencionar simplemente algunos datos en materia
de infraestructura, ¿sí?, esta información nos da
el Inpec y nos da la Defensoría del Pueblo, hay
un deterioro o envejecimiento en infraestructura
carcelaria mayor al 50%, ahí está mal el datico.
En materia de alimentación, pues se estima que
en el 54% de los establecimientos carcelarios, la
alimentación no es adecuada; en materia de trabajo,
dentro de los programas de resocialización, no hay
un acceso efectivo y principalmente hay unas cifras
de no acceso mucho más dramáticas en materia de
mujeres, mientras el 93% de los hombres que están
hoy privados de la libertad, tienen posibilidades de
acceder a programas de trabajo, en el caso de las
mujeres solamente el 6.84%.
En materia de educación, también los estudios
nos indican que, como parte de programas de
     
que hay en infraestructura, sino también por las
      
tecnológicas en las cárceles del país.
      
a los servicios médicos especializados, en acceso
a medicamentos; en materia de diversidad sexual

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR