ACTA NÚMERO 002 DE 2022 (agosto 3) - 1 de Septiembre de 2022 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 910172272

ACTA NÚMERO 002 DE 2022 (agosto 3)

Fecha de publicación01 Septiembre 2022
Número de Gaceta1011
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXI - Nº 1011 Bogotá, D. C., jueves, 1º de septiembre de 2022 EDICIÓN DE 6 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G a c e t a d e l C o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Gaceta del congreso 186 Lunes, 25 de abril de 2016 Página 1
PROYECTOS DE LEY
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 186 Bogotá, D. C., lunes, 25 de abril de 2016 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
g
a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 163 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se expide la ley del actor para
garantizar los derechos laborales, culturales y de
autor de los actores y actrices en Colombia.
CAPÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación y deniciones
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto establecer un conjunto de medidas que garanticen
el ejercicio de la actuación como una profesión en Co-
lombia, protegiendo los derechos laborales, culturales
y de autor de los actores y actrices en sus creaciones,
conservación, desarrollo y difusión de su trabajo y
obras artísticas.
Artículo 2°. Ámbito de la ley. La presente ley regula
lo concerniente a la actuación como profesión, derechos
laborales y oportunidades de empleo, derechos de autor,
difusión del trabajo de los actores y régimen sancionato-
rio, entre otros; brindando herramientas para dignicar
esta labor por sus aportes culturales a la nación.
Parágrafo. La presente ley rige para todo tipo de
producciones o actividades que requieran de actores y
actrices para su realización, bien sean escénicas, tea-
trales, audiovisuales, sonoras o de doblaje.
Artículo 3°. Actor o actriz. Se considera actor para
efectos de esta ley, aquel creador que se sirve de su cuer-
po, su voz, su intelecto y su capacidad histriónica para
crear personajes e interpretaciones en producciones tea-
trales y todo tipo de expresiones artísticas y realizaciones
audiovisuales, radiales y demás medios. El actor o actriz
es titular de derechos morales y patrimoniales de autor.
Artículo 4°. Actor profesional. Para efectos de esta
ley se entiende por actor profesional aquel actor o ac-
triz que acredite alguno de los siguientes requisitos:
i) Título profesional de maestro en artes escénicas
o títulos anes;
ii) Experiencia de trabajo actoral mayor de diez
(10) años acumulados y certicados en cualquier me-
dio escénico o audiovisual, avalada por el Comité de
Acreditación Actoral;
iii) Combinación entre educación informal, técni-
ca o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mí-
nimo de cinco (5) años acumulados y certicados en
cualquier medio escénico o audiovisual, avalada por el
Comité de Acreditación Actoral.
Artículo 5°. Ensayo, caracterización, actividad pre-
paratoria y conexa a la creación de personajes. Es toda
actividad propia de la actuación, mediante la cual el
actor o actriz prepara la creación o caracterización del
personaje, ensaya la realización de la obra, investiga,
estudia, memoriza guiones y realiza cualquier otra acti-
vidad relacionada con el mismo, en el lugar de trabajo
y fuera de él.
Artículo 6°. Creaciones artísticas como patrimo-
nio cultural. Las creaciones artísticas de los actores,
como agentes generadores de patrimonio cultural de
la nación, contribuyen a la construcción de identidad
cultural y memoria de la nación. De acuerdo con lo an-
terior, el trabajo de los actores profesionales debe ser
protegido y sus derechos garantizados por el Estado.
Las producciones dramáticas en cine, televisión, teatro
y otras formas de lenguaje escénico o audiovisual son
bienes de interés cultural.
Artículo 7°. Roles en creaciones artísticas. Entién-
dase por creaciones artísticas:
– Rol protagónico: Personaje interpretado por un
actor o actriz, alrededor del cual gira la trama central
de la producción.
– Rol coprotagónico o antagónico: Personaje inter-
pretado por un actor o actriz que, teniendo su propia
historia dentro de la trama, esta gira alrededor de los
protagonistas.
ACTAS DE COMISIÓN
COMISIÓN QUINTA CONSTITUCIONAL PERMANENTE
ACTA NÚMERO 002 DE 2022
(agosto 3)
Legislatura 2022-2023
Primer periodo
×
Secretaría General
1
Edificio Nuevo del Congreso, Carrera 7ª. No. 8-68 Of. 239B
Teléfonos: 3824243 / 44 / 45, Fax 3824247
comisionquinta@senado.gov.co
Ventanilla única de correspondencia Carrera 7 # 8 68 - primer piso
ACTA 002
Legislatura 2022-2023. Primer período
En la ciudad de Bogotá D.C., siendo 10:25 a.m. del día tres (3) de agosto de dos mil
veintidós (2022), previa convocatoria de la mesa directiva, se dieron cita en el salón de
sesiones de la Comisión Quinta del Senado de la República los senadores miembros
de la misma.
-Para dar inicio a la sesión, el señor presidente de la Comisión, senador Inti Asprilla
Reyes, pide a la Secretaría, dar lectura al orden del día propuesto.
ORDEN DEL DIA
Fecha: miércoles 3 de agosto de 2022
Lugar: Recinto de la Comisión
Hora de citación: 10:00 a.m.
I
LLAMADO A LISTA Y VERIFICACIÓN DE QUÓRUM
II
DISCUSIÓN Y APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA
III
DISCUSIÓN Y APROBACIÓN DEL ACTA 001 CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN
DE 26 DE JULIO DE 2022.
IV
NEGOCIOS SUSTANCIADOS POR LA PRESIDENCIA
V
LO QUE PROPONGAN LOS HONORABLES SENADORES.
-Leído el orden del día y por indicación de la Presidencia el señor secretario de la
Comisión, doctor David de Jesús Bettín Gómez, procede a hacer el respectivo
llamado lista registrándose la presencia de los siguientes senadores:
×
Secretaría General
2
Edificio Nuevo del Congreso, Carrera 7ª. No. 8-68 Of. 239B
Teléfonos: 3824243 / 44 / 45, Fax 3824247
comisionquinta@senado.gov.co
Ventanilla única de correspondencia Carrera 7 # 8 68 - primer piso
NOMBRE 1er llamado Transcurso de sesión Excusa
ASPRILLA REYES INTI RAÚL x
BARRETO CASTILLO MIGUEL ÁNGEL x
DÍAZ CONTRERAS EDGAR JESÚS x
DURÁN BARRERA JAIME ENRIQUE x
GUERRA HOYOS ANDRÉS FELIPE x
HERNÁNDEZ SILVA ESMERALDA x
LOBO CHINCHILLA DIDIER x
NAME CARDOZO JOSÉ DAVID x
PACHÓN ACHURY CÉSAR AUGUSTO x
PADILLA VILLARRAGA ANDREA x
PINEDA GARCÍA MARCOS DANIEL x
ROZO ZAMBRANO YENNY x
TORRES VICTORIA PABLO CATATUMBO x
ZULETA LÓPEZ ISABEL CRISTINA x
-A continuación, se anexa la excusa presentada por la senadora, Yeny Rozo Zambrano:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR